GONZÁLEZ/I. MUNICIPALIDAD DE QUILPUÉ
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Laura González Navarro, abogada, con domicilio en Viña del Mar, quien recurre de protección a favor de 56 personas naturales, esto es: Yasmín Figueroa Varas, diseñadora; Héctor Barría Vera, pensionado, Ana María Diaz Navarro, artesana; Rose Bahamondes, independiente; María Alfaro Baviare, tens; Carlos Villar Aros, conductor profesional; Inés Navarro, independiente; Úrsula Caselli Rivas, diseñadora gráfica; Claudia Reyes López, dueña de casa; Marcelo Muñoz Olivares, ingeniero en administración; Jessica Muñoz Castillo, técnica universitaria en control de alimentos; Osvaldo Cortes Alfaro, ingeniero en sistemas; Margarita Rodríguez Castillo, dueña de casa; Omar Villagrán Infante, vendedor; Carolina Nuñez Capelli, dueña de casa; Omar Salazar Romero, independiente; Camila Fuentes Cortéz, ingeniera en construcción; Nicolas Gómez Viano, ingeniero en construcción; Mabel Cortez Guerra, peluquera; Alexandra Diaz Cortéz, estudiante; Matías Fuentes Cortez, ingeniero electrónico; Isnelda Valdivia, dueña de casa; Julia Troncoso, dueña de casa; Gonzalo Belmonte Diaz, ingeniero en administración de empresas; Lorena Aballay Aravena, ingeniero en administración de empresas; Ariela Rojas Vera, dueña de casa; Marisol Osorio, dueña de casa; Ana María Gatica, dueña de casa; María Romero Soto, dueña de casa; María Isabel González Álvarez, dueña de casa; Mónica Reyes Becerra, dueña de casa; Archibaldo Tapia Iribarren, pensionado; Margot Tapia Alvarez, pensionada; Marcelo Villanueva Tapia, estudiante; Marcia Tapia Tapia, profesora de educación básica; Alicia Delgado, dueña de casa; Alexander Valdenegro Mancilla, oceanógrafo; Juana Mancilla Soto, peluquera; María Delma Mancilla Soto, comerciante; Antonio Diaz Bazaes, jubilado; Silvia Ortega Chapa, pensionada; Gustavo Luna Cárdenas, jubilado; Jaime Zamora Astudillo, independiente; Gabriela Gómez Álvarez, dueña de casa; Eladio Ojeda Soto, independiente; Yasmine Fuenzalida Brito, empleada; Alejandro Duarte Bahamondes,
Fundamentos
considerando: Primero: Que por el presente recurso, la abogada Laura González Navarro comparece recurriendo de protección a favor de 56 personas que asegura, se han visto afectados en sus garantías fundamentales con el funcionamiento del comercio informal en la Avenida Quinto Centenario y otras calles aledañas los días miércoles y sábados de cada semana. En este sentido, refiere que los recurrentes viven en el sector y deben soportar diversos problemas, como ruidos molestos, suciedad, discusiones y peleas entre comerciantes, ocupación de la vía publica bloqueando el acceso a sus viviendas, en especial el vehicular, todo lo cual afecta su derecho a la integridad física y síquica y de vivir en un medio ambiente libre de contaminación. También indica que los recurrentes son comerciantes, pertenecientes a la feria legal que existe en el lugar, por lo que la existencia de comercio informal afecta su derecho a desarrollar la actividad económica que desempeñan, así como también su derecho de igualdad ante la ley y derecho a la propiedad, en todos los casos por la competencia desleal que implica el comercio informal, pues vende a precios más bajos, al no tener que pagar permiso municipal, impuestos, arriendo de local, etc. Segundo: Que por su parte, la recurrida opone la excepción de falta de legitimación activa, por cuanto los recurrentes fueron domiciliados en la comuna de Viña del Mar y no se aprecia de qué forma los afecta la instalación de comercio ilegal en Quilpué. Luego, opone la excepción de litis consorcio necesario impropio de carácter pasivo, pues existen otros organismos públicos que también tienen la función de fiscalizar el comercio informal, y que son la Delegación Presidencial Regional, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y el Servicio de Impuestos Internos. En subsidio, en cuanto al fondo, indica que su parte no ha cometido la omisión ilegal y arbitraria que se denuncia en el recurso, porque ha tomado una serie de medidas, que tienen por objeto tratar el problema del comercio ilegal en Avenida V Centenario y las calles aledañas, lo que incluye creación de nuevos cargos en la Municipalidad en materia de seguridad pública, dictación de la Ordenanza Municipal N°5 en ejecución de lo dispuesto en la Ley N°21.246, contratación de inspectores municipales y adquisición de vehículos, catastro y regularización de la actividad informal, proyecto de reubicación del comercio ambulante, convenio firmado por Carabineros de Chile, mantención de servicios de aseo municipales, existencia de licitaciones vigentes con respecto a obras que mejorarán el funcionamiento de la feria El Belloto y sus calles aledañas y, por último, la realización de acciones de fiscalización del comercio informal, ítem en el cual detalló los operativos hechos desde diciembre de 2023 a la fecha, en el cual se procuró el despeje de las vías públicas, fiscalización a autos mal estacionados y otros. Tercero: Que con respecto a la excepción de falta de legitimación acti
Fallo
fallo dictado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, Rol N°92.702-2022. También se refiere al derecho de propiedad, en relación al goce de los locales comerciales que arriendan los comerciantes que han recurrido, pues la omisión de la recurrida ha afectado este derecho de goce. Por último, señala que se trata de un hecho que se ha mantenido en el tiempo, por lo que el plazo de 30 días para recurrir de protección se encuentra aun vigente. Pide se declare que la recurrida ha incurrido en conductas ilegales y/o arbitrarias, que han perturbado, amenazado y/o privado las garantías constitucionales ya señaladas, y que se ordene a la recurrida: a. Adoptar medidas concretas con el objeto de evitar la futura instalación de comercio ilegal en el sector mencionado, con expresa intervención de las Fuerzas de Orden y Seguridad en caso de ser necesario; b. Adoptar medidas concretas con el objeto de resguardar la seguridad individual y libertad personal; c. La aplicación de las sanciones respectivas contempladas en la normativa; todo con expresa condena en costas. Acompaña set con 13 fotografías del comercio denunciado en el recurso. A folio 6 evacua informe la recurrida I. Municipalidad de Quilpué, el que solicita el rechazo del recurso de protección, por las razones que expone. En primer lugar opone la excepción de falta de legitimación activa para interponer el recurso, por cuanto la abogada compareciente, quien señaló actuar en representación de 56 personas, indicó, como
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece Laura González Navarro, abogada, con domicilio en Viña del Mar, quien recurre de protección a favor de 56 personas naturales, esto es: Yasmín Figueroa Varas, diseñadora; Héctor Barría Vera, pensionado, Ana María Diaz Navarro, artesana; Rose Bahamondes, independiente; María Alf
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