MUÑOZ MUÑOZ, SEBASTIÁN ALBINO/ JUZGADO DE GARANTÍA DE COQUIMBO
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Christian A. Ruiz Martínez, abogado, Defensor Penal Público, en representación del imputado privado de libertad Sebastián Albino Muñoz Muñoz, en los autos RIT: 2157-2024 - RUC: 2400459890-K, seguidos ante el Tribunal de Garantía de Coquimbo, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución pronunciada por el magistrado Felipe Pizarro Ávalos, Juez del Juzgado de Garantía de Coquimbo, de 13 de septiembre de 2024, en virtud de la cual se decretó la internación provisional de su representado, solicitando que se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, dejando sin efecto la internación provisional y disponiendo la inmediata libertad del amparado. Asimismo, y en atención a la materia sometida a conocimiento de esta Corte de Apelaciones, se pidió informe a Gendarmería de Chile. Refiere que, el 23 de abril de 2024, el imputado fue puesto para control de detención ante el Tribunal de Garantía de Coquimbo, detallando que según el parte policial 1217 de la 2ª Comisaría de Coquimbo, a las 17:55 horas, los funcionarios Eduardo Silva Tapia y Matías Poblete Garay lo detuvieron por un supuesto delito de desacato y amenazas en contexto de violencia familiar, por concurrir hasta el inmueble ubicado en calle Coquimbo Nº730, Tierras Blancas, Coquimbo, correspondiente al domicilio de su madre Elvy Deisy Muñoz Rodríguez, procediendo a amenazarla incumpliendo de este modo lo ordenado por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, en causa RUC 2200416002-2, RIT:1719-2022, por 4 delitos de desacato en contexto de violencia intrafamiliar. Agrega que, el 13 de septiembre de 2024, a petición de la defensa, se celebró una audiencia para verificar la suspensión del procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal, basándose en un informe psicológico del perito Rodrigo Silva Zepeda el cual concluye que el amparado tiene una patología psiquiátrica crónica (Trastorn
Fundamentos
fundamentos expuestos, no existe acción u omisión que haya amenazado, perturbado o privado del derecho a la libertad personal y seguridad individual de Sebastián Albino Muñoz Muñoz, sin observarse actuación contraria a la Constitución o las leyes en desmedro de la garantía constitucional de la libertad personal. TERCERO: Que a folio 8, informa el recurso, Jessica Verónica Vargas Gallardo, abogada, en representación de Gendarmería de Chile, Dirección Regional Coquimbo. Indica que, efectivamente, el amparado Sebastián Muñoz Muñoz se encuentra en el Complejo Penitenciario de La Serena bajo la medida de internación provisional. Por orden del tribunal, desde el 13 de septiembre, se halla en dependencias de la Unidad de Salud de dicho establecimiento penitenciario, en buenas condiciones generales, asintomático y sin patologías agudas ni crónicas. Por lo tanto, solicita a Su Señoría Ilustrísima tener por informado el recurso de amparo por parte de Gendarmería de Chile y,
Fallo
Por tanto, solicita que se acoja la acción constitucional de amparo, dejando sin efecto la internación provisional del amparado. SEGUNDO: Que a folio 4, informa el recurso juez destinado del Juzgado de Garantía de Coquimbo, Felipe Pizarro Avalos. Señala que el recurrente interpuso el recurso respecto de una resolución dictada en la causa RIT N°2157-2024, en audiencia de suspensión del procedimiento y revisión de medidas cautelares de fecha 13 de septiembre de 2024, donde se decidió decretar la medida cautelar de internación provisional. Refiere que el imputado fue formalizado el 23 de abril de 2024 por un delito de desacato, en calidad de autor y en grado consumado, conforme a lo dispuesto en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil y en los artículos 5 y 10 de la Ley N°20.066, decretándose en la misma audiencia la prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la víctima, fijándose un plazo judicial de 50 días, agregando que tal decisión fue impugnada por la defensa, siendo confirmada por la Corte de Apelaciones de La Serena el 30 de abril de 2024. Sostiene que, en la audiencia del 13 de septiembre de 2024, a solicitud de la defensa, se debatió una eventual suspensión del procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal. La defensa argumentó la existencia de antecedentes graves que permitían aplicar dicha normativa, petición a la que no se opuso el persecutor, por lo que se suspendió el procedimiento conforme a lo d
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Muñoz Muñoz, Sebastián Albino Juzgado de Garantía de Coquimbo y otro Recurso de amparo Rol 353-2024.- La Serena, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Christian A. Ruiz Martínez, abogado, Defensor Penal Público, en representación del imputado privado de libertad Sebastián Albino Muñoz Muñoz, en los autos RIT: 2157-2024 - RU
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