TRIBUNAL TESORIA PROVINCIAL DE LINARES

RIVERA/ FISCO TESORERIA PROVINCIAL DE LINARES ( EXP. 1017-97 TES. PROVINCIAL LNARES)

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1°) Que por resolución 19 de noviembre de 2021, se denegó la petición de declarar abandonado el procedimiento, efectuada por la parte ejecutada. 2°) Que el examen de lo obrado en la causa da cuenta que la última resolución susceptible de contabilizarse para los fines de la prosecución del procedimiento es de 16 de octubre de 2012. 3°) Que de lo expuesto se infiere que transcurrió con creces el plazo de tres años que contempla el artículos 153 del Código de Procedimiento Civil, para declarar abandonado el procedimiento. 4°) Que la cuestión sub lite es de carácter contencioso que se rige por las normas del Libro III, Título V del Código Tributario y, supletoriamente, por las del Libro I del Código de Procedimiento Civil, entre las que se encuentra el abandono del procedimiento. Y de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 2, 148 y 170 del Código Tributario, 145, 152, 154 y 156 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de 19 de noviembre de 2021 y en su lugar

Fallo

se decide que SE ACOGE la petición referida y, por tanto, se declara abandonado el procedimiento en el expediente administrativo Rol N°1017-1997, de la Tesorería Provincial de Linares, respecto del contribuyente Jaime Marcelo Rivera Fuentes, sin costas. Devuélvase. N° Tributario Y Aduanero-16-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1°) Que por resolución 19 de noviembre de 2021, se denegó la petición de declarar abandonado el procedimiento, efectuada por la parte ejecutada. 2°) Que el examen de lo obrado en la causa da cuenta que la última resolución susceptible de contabilizarse para los fines de la prosecución del procedimiento

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