GREZ CASTRO, JOEL ABRAHAM/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Iván Antonio Alcayaga González, abogado, en representación de JOEL ABRAHAM GREZ CASTRO, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad número 11.325.938-8, con domicilio en Melgarejo número 1364, comuna de Coquimbo, interponiendo recurso de protección en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, representada por su alcalde don Ali Moghadam Kashan Lobos, ambos con domicilio en Avenida Francisco Varela N°1112, comuna de Coquimbo, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la negativa injustificada a renovar las patentes de alcoholes de que es titular el recurrente, actuar que vulnera sus derechos fundamentales a la igualdad ante la ley, el derecho a desarrollar libremente actividades económicas y el derecho de propiedad, protegidos en los numerales 2, 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el actor es titular de las patentes definitivas de alcoholes enrolada bajo los N° 400726; Nº 400743 de la comuna de Coquimbo, la cual adquirió en la Ilustre Municipalidad de Coquimbo hace más de 30 años. Expone que el actor ejerce su comercio bajo estas patentes en calle Melgarejo N°1364, sector centro de la comuna de Coquimbo, en un local de cuyo nombre de fantasía es “LATINAS VIP”. Dichas patentes están pagadas a lo que corresponde el 1° semestre del año 2024 y el plazo para renovarlas vencía el 31 de julio del presente. Sin embargo, señala que el 28 de julio de 2024, al concurrir a la Municipalidad para efectuar el pago respectivo, no se le permitió pagar, comunicándole además que hay una orden de no recibir el pago por dicho tributo, sin otorgarle tampoco algún comprobante o documento con la negativa. Señala que, luego, se dirigió a la secretaría municipal, donde la funcionaria encargada de oficina de rentas y patentes le informó “que existe un acuerdo de concejo municipal que dispuso la cancelación de las patentes pero que el mismo no está formalizado, ni s
Fundamentos
motivos: el primero, por la existencia de un denuncio N°11069 tramitado bajo la causa Rol 15.504-2024 en el Primer Jugado de Policía Local de Coquimbo, que dice relación con mantener el extracto de la ley de alcoholes vencido; y el segundo, y principal motivo, dice relación con el pronunciamiento de la Junta de Vecinos Centro Oriente, mediante oficio número 1 de 20 de junio de 2024, que señala la molestia y disconformidad del local denominado “LATINAS VIP”. Sin embargo, alega el recurrente que dicha junta de Vecinos carece de competencia respecto de su local, ya que pertenece a la Junta de Vecinos Nuevo Proyecto centro de Coquimbo. Por otra parte, señala que jamás se ha realizado un mal uso de las patentes y que el local comercial cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley N°19.925. En consecuencia, señala que la decisión de la recurrida es ilegal y arbitraria, ya que se fundamenta en consultas a una junta de vecinos incompetente y, además, no cuenta con antecedentes fundantes, tales como informes de carabineros y de juntas de vecinos que correspondan. Asimismo, refiere que en la especie no se verifica ninguna de las situaciones o circunstancias descritas en el artículo 20 de la Ley N°19.925, que permiten suspender la patente. Además, precisa que la sanción de cancelación de patente sólo resulta procedente luego de aplicar la sanción de clausura, lo que no se ha verificado en la especie. Por otra parte, señala que habiéndose negado ilegal y arbitrariamente por parte de la recurrida la posibilidad legítima de pagar las patentes comerciales, es que se realizó una oferta de pago por consignación en Tesorería General de La República. En cuanto a los derechos fundamentales vulnerados, señala que el actuar de la recurrida afecta el derecho a la igualdad ante la ley del artículo 19 N°2 de la Carta Política, por cuanto se le ha privado de sus patentes de alcoholes sin justificación alguna y sin un procedimiento legalmente tramitado, configurándose además una discriminación, ya que a no más de 50 metros, y en la misma calle donde funcionaba el local comercial de venta de alcoholes de su propiedad, se encuentran distintos establecimientos de venta de alcoholes. Asimismo, señala que se ha vulnerado su derecho a desarrollar cualquier actividad económica del artículo 19 N°21 de la Constitución, toda vez que se ha coartado la posibilidad de seguir desarrollando su actividad comercial, pese a dar cabal cumplimiento a toda la normativa legal que regula la venta de alcoholes. Por último, sostiene que también se infringe su derecho de propiedad del artículo 19 N°24, en particular, el derecho de propiedad que tiene la recurrente respecto a sus patentes de alcoholes. Por tales fundamentos, solicita que se acoja el recurso de protección y se ordene la renovación y entrega inmediata en favor del recurrente de las patentes de alcoholes enroladas bajo los N° 400726; Nº 400743, sin perjuicio de las otras medidas que el tribunal determine para restabl
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, con costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Iván Antonio Alcayaga González, en representación de Joel Abraham Grez Castro, en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, y en orden a restablecer el imperio del derecho, se ordena a la municipalidad recurrida dejar sin efecto el Decreto Exento Nº 2383 de 29 de julio de 2024, debiendo disponer la renovación de las patentes Roles N° 400726; Nº 400743, por el segundo semestre de 2024, adoptando el procedimiento pertinente. Se previene que la Fiscala Judicial Sra. Aravena, fue de la opinión de no condenar en costas a la recurrida. Notifíquese, regístrese y archívese. Rol N°1358-2024.- (Protección)
Texto Completo (Preview)
Grez Castro, Joel Abraham I. Municipalidad de Coquimbo Recurso de protección Rol Nº1358-2024 La Serena, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Iván Antonio Alcayaga González, abogado, en representación de JOEL ABRAHAM GREZ CASTRO, chileno, divorciado, comerciante, cédula nacional de identidad número 11.325.938-8, con domicilio en Mel
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