DEL VALLE MIJAC RODRIGO / 3° TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y condiderando: Primero: Compareció el abogado Rodrigo Ávila Oliver, quien deduce acción de amparo en favor de Rodrigo del Valle Mijac, y en contra de la resolución dictada por el 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, el que en causa RIT 36 – 2024 el 20 de agosto del presente año, decretó la media cautelar de prohibición de salir de país respecto del amparado, la cual se erige a su juicio como arbitraria, por lo que solicita acoger la acción, dejando sin efecto la medida cautelar y en su lugar ordenar su alzamiento. Como síntesis indica que el 7 de julio 2021 falleció Nayara Marcos Vit tras precipitarse del duodécimo piso de un edificio ubicado en la comuna de Las Condes, lugar en el que convivía con el amparado desde finales del año 2020. Indica que tras la presentación de una querella se dio inicio a una investigación por un supuesto delito de femicidio sustanciada ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago y luego de transcurrir un año y nueve meses de investigación, el 14 de abril 2023 el Ministerio Público formalizó investigación en contra del amparado por su presunta participación en calidad de autor del delito de femicidio, decretándose su prisión preventiva que se mantuvo hasta el 25 de julio del 2024, fecha en el Tribunal recurrido absolvió al amparado del delito que se le imputaba, alzándose inmediatamente toda medida cautelar decretada en su contra, dándose orden de libertad inmediata. Posteriormente el Ministerio Público solicitó audiencia para discutir la imposición de una medida cautelar personal sobre su representado celebrándose el 20 de agosto recién pasado, pidiendo la prohibición de salir del país, basándose en el artículo 153 inciso segundo del Código Procesal Penal, cuyo fundamento fue la necesidad cautela, debido a que tanto el Ministerio Público como la parte Querellante, interpusieron recursos de nulidad y ante la posibilidad de ser acogidos, busca asegurar la comparecencia del imputado a un futuro juicio oral, sumado
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de RODRIGO DEL VALLE MUJAC, en contra del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Regístrese y comuníquese. Rol Amparo N°2.430-2024 Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Antonio Ulloa Márquez, señor José Pablo Rodríguez Moreno y la Abogada Integrante señora Catalina Infante Correa. . En Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. A los folios 10, 11 y 12: a todo, téngase presente. Vistos y condiderando: Primero: Compareció el abogado Rodrigo Ávila Oliver, quien deduce acción de amparo en favor de Rodrigo del Valle Mijac, y en contra de la resolución dictada por el 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, el que en causa RIT 36 – 202
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