SIN INFORMACION

MENCHACA/MENCHACA

Rol

Fecha

24 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen Patricia Campos Vergara y Orlando Castillo Valencia, en representación de Fernando Menchaca Olivares, interponiendo recurso de protección en contra de Alejandro Menchaca Steinfort, por haber publicado en redes sociales acusaciones de abuso sexual contra el recurrente. Considera tal actuación ilegal y arbitraria, ya que vulnera su derecho a la honra y a la vida privada, por lo que solicita que se ordene la eliminación de las publicaciones y se prohíba al recurrido realizar actos similares en el futuro. Expone que el día 15 de junio de 2024, al revisar redes sociales tras recibir llamadas de cercanos y familiares, se percató de la existencia de publicaciones en su contra. Específicamente, una "carta pública" firmada por el recurrido y publicada en la cuenta de Instagram de la "Fundación para la Confianza", en la que lo acusan de haber cometido abusos sexuales contra menores de 14 años, incluyendo al propio recurrido y otros dos menores, hechos ocurridos supuestamente en los años 2000, 2018 y 2023. Sostiene que estas acusaciones son falsas y carecen de fundamento, habiendo causado daños en lo personal, moral y social, lo cual ha ocasionado que lo apunten con el dedo y recibir llamadas inquiriendo sobre la veracidad de dichas acusaciones, las cuales no se sustentan en medio de prueba alguno. Agrega que las acusaciones mencionadas han sido desestimadas por los órganos competentes, citando específicamente la causa P-8873-2018 del Centro de Medidas Cautelares, que derivó en una causa penal desformalizada y archivada por el Ministerio Público. Argumenta que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es el medio idóneo para brindar eficaz y oportuno amparo frente a los efectos de un acto ilegal o arbitrario que lesiona un derecho indiscutido, y que las conductas descritas vulneran los derechos fundamentales al respeto a la honra y a la vida privada, t

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y se declare que las publicaciones efectuadas por el recurrido en las redes sociales resultan contrarias a la garantía contenida en el numeral 4° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y se prohíba al recurrido efectuar actos como los denunciados. SEGUNDO: Que, al evacuar su informe, Alejandro Menchaca Steinfort solicita el rechazo del recurso de protección, con costas, fundado en que la acción carece de fundamento, sosteniendo que la publicación en redes sociales no vulnera el derecho a la honra y vida privada del recurrente, pues constituye el ejercicio legítimo de su libertad de expresión al relatar una experiencia personal traumática, arguyendo, además, que las imputaciones no son falsas, injuriosas ni calumniosas. Expone que la publicación en Instagram relata su experiencia como víctima de abuso sexual, indicando que su padre -el recurrente-, lo llevaba reiteradamente a una "casa de curas" donde era abusado por un sacerdote, expresando que la publicación tiene por objeto dar a conocer esta situación y llamar a no silenciar los abusos sexuales. Agrega que no se configura calumnia, pues no se imputa un delito a sabiendas de ser falso, existiendo respaldo institucional de las acusaciones mencionadas. Asimismo, sostiene que los hechos descritos son verídicos y están siendo investigados por el Ministerio Público, existiendo una querella criminal presentada contra su padre. Cita jurisprudenci

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 13 y 14: téngase presente. Proveyendo el escrito folio 15: a sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparecen Patricia Campos Vergara y Orlando Castillo Valencia, en representación de Fernando Menchaca Olivares, interponiendo recurso de protección en contra de Alejandro Menchaca Stei

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