M.P C/ ENNIO STEFANO MANGIOLA PRIETO (QTE. DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA MINISTERIO DEL INTERIOR)
Rol
Fecha
24 de septiembre de 2024
Materia
TRAFICO DE ARMAS (ART. 10)
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y un inminente peligro de fuga, de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la gravedad, naturaleza, forma de comisión de los hechos, bien jurídico protegido, la pena probable en caso de ser condenado y su eventual forma de cumplimiento. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de trece de septiembre, dictada en los autos RIT 3001-2023 por el 15°Juzgado Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Ennio Stefano Mangiola Prieto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°3436-2024 Penal
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Fecha: a veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Rol Corte: 3436-2024 RIT: 3001-2023 Ruc: 2300806684-1 Tribunal: 15° Juzgado de Garantía de Santiago Relator (a): Carolina Cordero Jara Abogado asesor del Ministerio Público: Darío Sanhueza de la Cruz Defensora privada: Daniela Quiroz Becerra Abogado querellante: Francisco Castro Salgado Imputado: Ennio Stefano Mangiola Pri
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