SIN INFORMACION

TORO/ISAPRE BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

24 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcela Paz Toro Vergara, profesora, domiciliada en Pirámide Nº557, comuna de San Miguel, interpone recurso de protección en contra de Isapre Banmédica, representada legalmente por Aldo Gaggero Madrid, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo Nº3600, comuna de Las Condes, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en poner término unilateral al contrato de salud por estimar la recurrida que obtuvo indebidamente beneficios, para ella o para alguno de sus beneficiarios, que no le corresponden, lo que vulnera sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°1 y 9 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto dicha decisión. Expone que el año 2011 contrató el plan de salud “TRD10A35 PLAN FAMILIAR RED35/10A" y que, dada la pandemia ocurrida en el año 2021, se le diagnosticó un episodio depresivo moderado, lo que implicó la emisión de 3 licencias médicas durante ese año. Agrega que el 30 de agosto de 2022, recibió una carta en su domicilio a través de la cual se le informó del término de su contrato de salud, ya que habría incurrido en la causal contemplada en el artículo 201 Nº3 del DFL Nº1 de 2005, consistente en “Impetrar formalmente u obtener indebidamente, para él o para alguno de sus beneficiarios, beneficios que no les corresponda no que sean mayores a los que procedan. Igual sanción se aplicará cuando se beneficie a un tercero ajeno al contrato”. Además, se acompañó el FUN folio N°24683122, por medio del cual se puso término a su contrato. Finalmente indica que dicha decisión ha vulnerado las garantías fundamentales contenidas en el artículo 19 N°1 y 9 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto dicha decisión. Segundo: Que, evacua informe por la recurrida el abogado Omar Matus de la Parra Sardá, solicitando que se rechace el recurso por haber perdido oportunidad, puesto que, analizados los antecedentes del presente caso, se decid

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido por Marcela Paz Toro Vergara en contra de la Isapre Banmédica. Se condena en costas a la parte recurrida. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°21366-2022-Protección.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, contra el recurso el abogado Cristian Ramos. San Miguel, 24 de septiembre de 2024. Emil Ibarra Sáez, relator. San Miguel, veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro. Al folio 15: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcela Paz Toro Vergara, profesora, domiciliada en Pirámide Nº557, comuna de San Miguel, interpon

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