BANCO SANTANDER S.A./VENTA DE REPUESTOS AUTOMOTRICES ANA CAÑETE E.I.R.L.
Rol
Fecha
25 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha doce de abril de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de fecha diez de abril de dos mil veinticuatro. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, quien estuvo por declarar admisible la apelación. Comuníquese. N°Civil-14195-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha doce de abril de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de fecha diez de abril de dos mil veinticuatro. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, quien estuvo por declarar admisible la apelación. Comuníquese. N°Civil-14195-2024.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Al folio N°4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre l
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