SANTANA/DÍAZ - (LTE)
Rol
25187-2022
Fecha
7 de noviembre de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este procedimiento sumario sobre acción de precario Rol 6999-2021 seguido ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago caratulado “Santana/Díaz”, la parte demandada recurre de casación en el fondo en contra de la sentencia de veintisiete de mayo de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, que confirmó el fallo de primer grado pronunciado el treinta y uno de enero del año en curso, que acogió la demanda y ordenó la restitución del bien. 2º.- Que la recurrente sostiene que en el fallo cuya nulidad de fondo persigue se ha infringido el artículo 2195 inciso 2 del Código Civil. Arguye que la demanda incoada debió haber sido rechazada, puesto que la ocupación del demandando no obedece a la mera tolerancia o ignorancia del demandante, sino que ella se explica por en cuanto la demandada era la conviviente del padre fallecido de la actora, antecesor de la demandante en el dominio del bien raíz. 3º.- Que la sentencia dejó establecidos, como hechos de la causa, que la prueba rendida por la demandada resultó insuficiente para acreditar los hechos fácticos sustentados para enervar la acción de precario, así como tampoco la existencia de algún título que la habilita para ocupar la propiedad. Sobre la base del antedicho presupuesto fáctico los sentenciadores concluyen que la demandada ocupa el inmueble, por la mera tolerancia o ignorancia del demandante. Por lo que habiéndose acreditado todos y cada uno de los requisitos para dar lugar a la acción de precario interpuesta, acoge la demanda. 4º.- Que las transgresiones que el recurrente estima se han cometido por los jueces de alzada al acoger la demanda persiguen desvirtuar -mediante el establecimiento de nuevos hechos- el supuesto fáctico fundamental asentado en el fallo censurado. Al respecto cabe señalar que los hechos fijados en una sentencia corresponden al resultado de la ponderación judicial de la prueba rendida en el juicio y esta actividad de análisis, e
Fallo
fallo de primer grado pronunciado el treinta y uno de enero del año en curso, que acogió la demanda y ordenó la restitución del bien. 2º.- Que la recurrente sostiene que en el fallo cuya nulidad de fondo persigue se ha infringido el artículo 2195 inciso 2 del Código Civil. Arguye que la demanda incoada debió haber sido rechazada, puesto que la ocupación del demandando no obedece a la mera tolerancia o ignorancia del demandante, sino que ella se explica por en cuanto la demandada era la conviviente del padre fallecido de la actora, antecesor de la demandante en el dominio del bien raíz. 3º.- Que la sentencia dejó establecidos, como hechos de la causa, que la prueba rendida por la demandada resultó insuficiente para acreditar los hechos fácticos sustentados para enervar la acción de precario, así como tampoco la existencia de algún título que la habilita para ocupar la propiedad. Sobre la base del antedicho presupuesto fáctico los sentenciadores concluyen que la demandada ocupa el inmueble, por la mera tolerancia o ignorancia del demandante. Por lo que habiéndose acreditado todos y cada uno de los requisitos para dar lugar a la acción de precario interpuesta, acoge la demanda. 4º.- Que las transgresiones que el recurrente estima se han cometido por los jueces de alzada al acoger la demanda persiguen desvirtuar -mediante el establecimiento de nuevos hechos- el supuesto fáctico fundamental asentado en el fallo censurado. Al respecto cabe señalar que los hechos fijados en una
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Santiago, siete de noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1º.- Que en este procedimiento sumario sobre acción de precario Rol 6999-2021 seguido ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago caratulado “Santana/Díaz”, la parte demandada recurre de casación en el fondo en contra de la sentencia de veintisiete de mayo de dos mil veintidós dictada por la Corte de Apelaciones de esta c
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