ANAYA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de ELIEZER JOSÉ ANAYA GOLLO. en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene pronunciarse sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Que, las recurridas evacúan sus informes y se traen los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: I.- En cuanto a la excepción de incompetencia: Primero: Que, la Subsecretaría del Interior, opone la excepción de incompetencia atendido que el recurrente al realizar su solicitud de carta de nacionalización señala domicilio en territorio jurisdiccional diverso al de esta Corte. Segundo: Que, la alegación de incompetencia será desestimada pues el actor al momento de presentar esta acción ha acreditado su domicilio actual en esta comuna, lo que habilita a este Tribunal de Alzada a conocer del presente arbitrio. II.- En cuanto al fondo: Tercero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por la recurrente. Cuarto: Que, la recurrida hace presente que la referida solicitud está en tramitación, por lo que no existe agravio desde que el recurrente cuenta con permanencia definitiva. Quinto: Que, del mérito de los antecedentes y lo informado por la recurrida, el requerimiento tendiente a la obtención de la nacionalización del actor, se tramita de conformidad al del Decreto N°5142 de 1960 del Ministerio del Interior, que fija el Texto Refundido de las Disposiciones sobre Nacionalización de Extranjeros, el cual establece una etapa previa de tramitación ante la recurrida, quien debe recabar una serie de antecedentes para emitir una calificación respecto de la solicitud la que será remitida a la autoridad que en definitiva concederá o no la mencionada nacionalización. Sexto: Que, en ese sentido, se advierte que la tramitación de la solicitud de nacionalización ha seguido su curso regular, encontrándose en etapa de análisis de los antecedentes, y siendo el actor titular de permiso de residencia definitiva, no se vislumbra en los hechos la conculcación de alguna a las garantías constitucionales denunciadas que requieran de la adopción de una medida cautelar de urgencia como la que se pretende por esta vía.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, I.- Que se rechaza la excepción de incompetencia. II.- Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de ELIEZER JOSÉ ANAYA GOLLO, contra el Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-5526-2024. En Valparaíso, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción de Protección en favor de ELIEZER JOSÉ ANAYA GOLLO. en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su solicitud de nacionalización. Pide, en definitiva, se ordene pronunciarse sobre la solicitud, adoptando las provi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica