JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

MP C/ NELSON DANIEL MONDACA VILBEROS

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, compartiendo los argumentos del juez a quo, y teniendo presente que si bien aparecen algunas inconsistencias en la investigación, no son de la entidad para poner en duda el relato de la víctima, sobre todo

Fundamentos

considerando que dentro del marco de la investigación y en presencia de los funcionarios policiales se recibe llamado amenazándola para que se desista, hecho que, si bien como lo indica la abogada recurrente, es solo una amenaza, esta da corroboración al relato y credibilidad al mismo, siendo relevante que el certificado de haber trabajado el día 23, en que ocurren los primeros hechos, por la hora de los mismos no excluye participación, por lo que no existe mérito para tener por establecida la inocencia como tampoco para eliminar las presunciones fundadas de participación que se tuvieron en vista al momento de decretar la cautelar. Cabe tener presente en relación a la declaración jurada del coimputado, que ninguna credibilidad tiene ésta al estar el declarante prófugo. Dicho lo anterior estima esta Corte que se mantiene la necesidad de cautela, desde que la gravedad de los hechos, el carácter de los mismos, hechos de gran violencia realizados con armas, el número de delitos que se imputan, el hecho que los coimputados se encuentren prófugos y que ya durante la investigación se continúe amenazando a la víctima, permite concluir que en la libertad del imputado existe un peligro para la seguridad de la sociedad y para la víctima que justifica mantener la prisión preventiva.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, que ordenó mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado NELSON DANIEL MONDACA VILBEROS. Regístrese y comuníquese. Rol 1332-2024 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

/jvz ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sr. Juan Opazo Lagos, Fiscala Judicial Sra. María Teresa Quiroz Alvarado y el Abogado Integrante Sr. Álvaro Tello Núñez, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido por la Defensa Particular

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica