JUZGADO DE LETRAS DE ILLAPEL

SALINAS Y FABRES S.A./APABLAZA

Rol

Fecha

23 de septiembre de 2024

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: 1. Que el actor en su recurso de apelación reitera lo dicho en la demanda de folio 1, en cuanto a que en estos autos presentó una demanda por cobro de pesos por la suma de $27.519.185.- correspondiente al capital adeudado sin precisar cuál en concreto era el negocio causal o fundamental del cual emanaría la obligación reclamada que se habría documentado mediante un pagaré el día 15 de mayo de 2019. 2. Que siendo la acción ejercida ordinaria de cobro de pesos en juicio de menor cuantía, no resulta suficiente que para sostener lo reclamado se aluda en términos genéricos, que las partes celebraron una operación de financiamiento, máxime si en el único medio de prueba acompañado por el demandante al proceso consistente en un pagaré no se hace referencia a negocio causal alguno. 3. Que por lo dicho, sin perjuicio de la insuficiencia probatoria destacada en el fallo en alzada, la acción ejercida adolece de un defecto insalvable ya que se desconoce si la obligación que se cobra proviene de un mutuo o préstamo de dinero o corresponde a la documentación de la obligación de pago por una compraventa u otro contrato celebrado entre las partes, lo que impide sustentar una sentencia de condena desprovista de la certeza de la fuente de la obligación cuya declaración se pide, habida consideración que el primer hecho a aprobar era el origen y naturaleza de la deuda, sin que del pagaré en cuestión se desprendan dichas circunstancias. Y atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la sentencia apelada de veintiuno de julio de dos mil veintitrés, escrita en la carpeta digital, a folio N° 54 del Cuaderno Principal, sin costas por haber tenido el apelante motivo plausible para alzarse.  Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1278-2023 Civil. -

Fallo

fallo en alzada, la acción ejercida adolece de un defecto insalvable ya que se desconoce si la obligación que se cobra proviene de un mutuo o préstamo de dinero o corresponde a la documentación de la obligación de pago por una compraventa u otro contrato celebrado entre las partes, lo que impide sustentar una sentencia de condena desprovista de la certeza de la fuente de la obligación cuya declaración se pide, habida consideración que el primer hecho a aprobar era el origen y naturaleza de la deuda, sin que del pagaré en cuestión se desprendan dichas circunstancias. Y atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la sentencia apelada de veintiuno de julio de dos mil veintitrés, escrita en la carpeta digital, a folio N° 54 del Cuaderno Principal, sin costas por haber tenido el apelante motivo plausible para alzarse.  Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1278-2023 Civil. -

Texto Completo (Preview)

Salinas y Fabres S.A. Apablaza Apablaza, Julio Enrique Cobro de pesos Rol Nº 1278-2023 (687-2022 del Juzgado de Letras de Illapel) La Serena, veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo además presente: 1. Que el actor en su recurso de apelación reitera lo dicho en la demanda de folio 1, en cuanto a que en estos autos presentó una demanda por cobro de pesos por la suma de

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