SIN INFORMACION

SJGLYSMARY ANDREINDA LUIS MOHAMED/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes aportados por el recurrido, se hace lugar a la reposición solicitada y, en consecuencia, se deja sin efecto lo resuelto con fecha dieciséis de septiembre en curso, únicamente en la parte que aplicó la multa equivalente a una Unidad Tributaria Mensual. Comuníquese lo resuelto al Tesorero Regional y al Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, oficiándose. Al primer: Estese al mérito de lo que se resolverá. Al segundo y tercer otrosí: Téngase presente en la vista del recurso. Al cuarto otrosí: Téngase por evacuado el informe por el Servicio Nacional de Migraciones. Al quinto otrosí: Téngase presente. Al sexto otrosí: A sus antecedentes. Apareciendo de los antecedentes con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe de folio 16 por el Servicio Nacional de Migraciones, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la Florida, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-17831-2024.

Fallo

se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-17831-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NGA/jvm Concepción, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 16: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes aportados por el recurrido, se hace lugar a la reposición solicitada y, en consecuencia, se deja sin efecto lo resuelto con fecha dieciséis de septiembre en curso, únicamente en la parte que aplicó la multa equivalente a una U

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