11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./ESCOBAR

Rol

Fecha

25 de septiembre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme a los antecedentes que se desprenden del sistema computacional interconectado, el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto por la parte demandada el veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro en contra de la sentencia definitiva de primera instancia de quince de mayo del mismo año, notificándose personalmente al recurrente con fecha doce de agosto de dos mil veinticuatro. 2.- Que el término para recurrir de apelación en contra de las sentencias definitivas, conforme la regla especial establecida en el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, es de diez días, contados desde la notificación de la resolución recurrida a la parte que interpone el recurso. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, en contra de la sentencia definitiva de quince de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14894-2024.

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro, en contra de la sentencia definitiva de quince de mayo del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-14894-2024.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1.- Que conforme a los antecedentes que se desprenden del sistema computacional interconectado, el recurso de apelación materia del presente ingreso fue interpuesto por la parte demandada el veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro en contra de la sentencia definitiva de primera inst

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