MP C/ MANUEL HUMBERTO DONOSO VALENZUELA Y OTROS
Rol
Fecha
23 de septiembre de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de doce de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Valparaíso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Nicol Francisca Varas Valdés y Aníbal Alberto Aguilera Yáñez. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y mantener las medidas cautelares decretadas con anterioridad, por estimar que no se acreditó el cambio de circunstancias que ameritaran dicho cambio. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-2701-2024. –
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro, a las 09:55 horas, ante la Quinta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra e integrada, además, por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y el Fiscal Judicial Sr. Mario Fuentes Melo, para la vista del rec
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