FISCALIA C/ MAURICIO ERNESTO BRICENO MEDINA
Rol
Fecha
21 de septiembre de 2024
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes, esta Sala, por mayoría de sus integrantes ha decidido confirmar la resolución en alzada, en cuanto mantuvo las medidas cautelares de la letra a) y g) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario parcial y prohibición de acercarse a la víctima respecto del imputado MAURICIO ERNESTO BRICEÑO MEDINA, esto en atención a que han estimado que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar las medidas en cuestión y el hecho de que estas cautelares no han sido incumplidas por parte del mencionado imputado, por tanto, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 140 y 155 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica, que mantuvo las referidas medidas cautelares respecto del imputado MAURICIO ERNESTO BRICEÑO MEDINA. Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Georgina Gutiérrez Aravena quien estuvo por intensificar las medidas cautelares decretadas e imponer respecto del imputado ya referido la medida de arresto domiciliario total, por estimar que sí han variado las circunstancias que se tuvieron en vista, esto es, encontrarse ad portas de un juicio oral en el que se está solicitando una pena privativa de libertad de 15 años. En cuanto a las demás alegaciones de las querellantes, se estima que son alegaciones que deben ser discutidas en la etapa procesal correspondiente. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1587-2024. (cwm)
Fallo
por tanto, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 140 y 155 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha nueve de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica, que mantuvo las referidas medidas cautelares respecto del imputado MAURICIO ERNESTO BRICEÑO MEDINA. Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra Sra. María Georgina Gutiérrez Aravena quien estuvo por intensificar las medidas cautelares decretadas e imponer respecto del imputado ya referido la medida de arresto domiciliario total, por estimar que sí han variado las circunstancias que se tuvieron en vista, esto es, encontrarse ad portas de un juicio oral en el que se está solicitando una pena privativa de libertad de 15 años. En cuanto a las demás alegaciones de las querellantes, se estima que son alegaciones que deben ser discutidas en la etapa procesal correspondiente. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-1587-2024. (cwm)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de septiembre de dos mil veinticuatro. A lo principal y otrosí de los escritos folios 5 y 7 y, al escrito folio 6: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes, esta Sala, por mayoría de sus integrantes ha decidido confirmar la resolución en alzada, en cuanto mantuvo las medidas cautelares de la letra a) y g) del artíc
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