VALENZUELA/SAPHORES (ACUM.N°215-2024, N°3351-2024, N°3782-2024) (LTE)
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2024
Materia
INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS TRANSPORTE TERRESTRE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: a) Atendido que las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, compartiéndose los mismos en cuanto al fondo del asunto. b) Que, sin embargo, esta Corte estima que el demandado tuvo motivos plausibles para litigar, razón por la que deberá ser eximida del pago de las costas.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, únicamente en la parte que condenó en costas a la demandante y, en su lugar, se decide que se le exime del pago de ellas, por haber tenido motivo plausible para litigar. En lo demás apelado, se confirma la sentencia apelada de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintidós, dictada en los autos rol 682-2022, seguidos ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago. En cuanto al Ingreso Corte N° 3351-2024: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro, dictada en los autos rol 682-2022, seguidos ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago. a) En cuanto al Ingreso Corte N° 3782-2024: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro, dictada en los autos rol 682-2022, seguidos ante el Noveno Juzgado Civil de Santiago. Comuníquese y devuélvase la competencia. N°Civil-13330-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 56 y 57: a todo, téngase presente. I. En cuanto al Ingreso Corte N° 13330-2022: Vistos: a) Atendido que las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolve
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