MP C/ RUBEN ALEJANDRO OJEDA SOTO
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2024
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y teniendo además en consideración que la libertad de ambos imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, atendida la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la investigación, las circunstancias de su comisión, la gravedad de la pena asignada por ley y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron en vista al decretarla; se confirma la resolución de fecha doce de septiembre del año en curso, pronunciada por el juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Christian Díaz Coloma, que mantuvo la prisión preventiva respecto de los imputados Rubén Alejandro Ojeda Soto y José Filiberto Soto Naiman. Devuélvase. Rol Penal Nº1201-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y teniendo además en consideración que la libertad de ambos imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, atendida la natura
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