BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES (JAIME VELASQUEZ NAVARRO) CON SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jaime Velásquez Navarro, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de seis de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado Civil de San Miguel, que no dio lugar al recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de veinticinco de julio que no dio lugar a la traba de embargo sobre un bien inmueble, atendido “a que el avalúo fiscal de la propiedad, cuyo embargo se pretende excede sobradamente el monto de la deuda que se cobra por esta vía, previamente sígase el orden establecido en el artículo 449 del Código de Procedimiento Civil”. Expone que el veintitrés de julio presentó escrito señalando bien inmueble para la traba de embargo, en atención a la proporcionalidad entre el crédito y el valor del inmueble, y en virtud de la hipoteca existente en dicho inmueble constituida en favor del ejecutante. El veinticinco de julio el tribunal no dio lugar a lo solicitado, resolución contra la que repuso con apelación en subsidio, fundamentando que no posee información ni conocimiento de otros bienes de los cuales disponga el ejecutado y sobre la supuesta falta de equivalencia, indica que no es tal, pues el monto adeudado solo por concepto de capital insoluto es de $3.721.726, a lo que debe adicionarse intereses penales desde la fecha del incumplimiento, esto es, desde el cinco de agosto de dos mil veintidós, y costas procesales y personales, teniendo el inmueble evalúo fiscal de $28.682.002, valor presuntivo. Agrega que el inmueble mantiene hipoteca a favor del banco por 1554 U.F. Y por último, agrega que la carga de buscar otros bienes del ejecutado no tiene un respaldo legal que lo justifique. Señala que la resolución de veinticinco de julio de dos mil veinticuatro es apelable pues altera la substanciación regular del juicio al denegar el embargo sobre un bien que claramente es susceptible de afectación, lo que impacta d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 2 del Código Tributario y artículos 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado por el abogado Jaime Velásquez Navarro, en representación del Banco de Crédito e Inversiones. Acordada contra el voto de la ministra señora Liliana Mera, quien estuvo por acoger el recurso, por estimar que la resolución apelada es un auto que, al negar lugar a la traba de embargo planteada por el ejecutante altera la substanciación regular del juicio, de manera que es procedente el recurso de apelación a su respecto. Comuníquese lo resuelto al tribunal de primera instancia. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°1.590-2024- Civil (Hecho)
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jaime Velásquez Navarro, en representación del Banco de Crédito e Inversiones, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de seis de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el 2° Juzgado Civil de San Miguel, que no dio lugar al recurso de apelación subsidiario interpue
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica