MP C/ EDUARDO DANIEL MELLADO AEDO
Rol
Fecha
17 de septiembre de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de doce de septiembre de dos mil veinticuatro, por considerar este tribunal que se reúnen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, particularmente su letra c) atendida la existencia de causa vigente por el mismo ilícito, lo que revela el peligro de reiteración, la cantidad de droga encontrada y la pena asignada al delito. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1367 – 2024 PEN. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 17 de septiembre de 2024. Daniela Verdugo Pulgar Relatora En Valdivia, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. N°Penal-1367-2024.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se deje sin efecto la medida de prisión preventiva. A continuación, alega la Fiscalía, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Se CONFIRMA la resolución apelada de doce de septiembre de dos mil veinticuatro, por considerar este tribunal que se reúnen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, particularmente su letra c) atendida la existencia de causa vigente por el mismo ilícito, lo que revela el peligro de reiteración, la cantidad de droga encontrada y la pena asignada al delito. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1367 – 2024 PEN. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 17 de septiembre de 2024. Daniela Verdugo Pulgar Relatora En Valdivia, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. N°Penal-1367-2024.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MILVEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2401090724-8, RIT 1229–2024. ROL CORTE 1367–2024. Siendo las 09:47 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de las Ministras (os), Sra. Mar
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