JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

ROMÁN/GUARD SERVICE SEGURIDAD S.A.

Rol

Fecha

17 de septiembre de 2024

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, en estos autos, RIT O-415-2023, RUC 23-4-0467969-4, Rol I.C.313-2024, don Francisco Javier León Salvatierra, abogado, en representación de la parte demandante, en estos autos sobre nulidad del despido y cobro de prestaciones, remuneraciones y/o indemnizaciones laborales adeudadas, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada el dieciséis de abril de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que acogió la demanda de declaración de relación laboral previa y cobro de indemnizaciones laborales adeudadas y de feriado proporcional por 19 días y rechazó la demanda de nulidad del despido, de cobro de horas extraordinaria y gratificaciones. Invoca como causales de nulidad, en lo principal, la contenida en el artículo 478, letra b), del Código del Trabajo, es decir, infracción manifiesta a las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica y, en subsidio, hace valer la causal del artículo 477 del mismo cuerpo legal, cuando la sentencia se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, en cuanto a la causal invocada con el carácter de principal, la recurrente expresa que la sentencia definitiva incurriría en la causal de nulidad del artículo 478, letra b), del Código del Trabajo, toda vez que la sentenciadora, al pronunciarse sobre las horas extraordinarias en el considerando décimo, no habría hecho ningún análisis sobre el pago de las horas extraordinarias trabajadas y se limita a afirmar que “no aparece de la prueba rendida la existencia de horas más allá de las reconocidas en las liquidaciones de sueldo y que le fueron pagadas al trabajador con el debido recargo legal, por lo que se procederá al rechazo de los montos demandados por este concepto”. Señala que el tribunal a quo yerra en su

Fallo

fallo pues, su parte en la demanda, distingue entre horas trabajadas en exceso de la jornada de trabajo, de las jornadas extraordinarias efectivamente pactadas y trabajadas, y aquello legalmente correspondería a cuestiones jurídicas diferentes. En ese sentido, expresa que no es que se demanden más horas por concepto de jornada extraordinaria pactada, como entendió el fallo recurrido, sino que lo que efectivamente se discutía era que el valor de lo pagado no correspondería a lo que en el hecho se pagó, y que existió un punto de prueba al respecto. Por consiguiente, conforme a las reglas de la sana crítica, el tribunal no efectuó ningún cálculo matemático que pudiera dar cuenta que lo que se pagó era efectivamente lo que correspondía pagarse. Continúa su argumentación, explicando la forma en que debió, a su juicio, llevarse a cabo el referido cálculo matemático de las horas extraordinarias. En lo que refiere a la nulidad del despido, sustenta su recurso en idénticos argumentos a los anteriores, esto es, que la sentenciadora razonó en el sentido que todas las remuneraciones y prestaciones se encontraban íntegramente pagadas, conforme a los certificados acompañados, de manera tal, que al no deberse saldos por horas extraordinarias, éstas no devengan el pago de cotizaciones previsionales, por lo que la nulidad del despido no se produce en los términos de artículo 162 inciso quinto y séptimo, del Código del Trabajo, pues solo se verifica respecto de aquellas remuneraciones que el e

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: Que, en estos autos, RIT O-415-2023, RUC 23-4-0467969-4, Rol I.C.313-2024, don Francisco Javier León Salvatierra, abogado, en representación de la parte demandante, en estos autos sobre nulidad del despido y cobro de prestaciones, remuneraciones y/o indemnizaciones laborales adeudadas, deduce recurso de n

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica