A.F.P. PROVIDA S.A. CON JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Rol
P-2484-2022
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: en estos autos RIT P-2484-2022, RUC 22- 3-0021204-6, sustanciados ante este Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, con fecha 14 de noviembre de 2022 comparece do a Mar a Elisa Peralta Acevedo,ñ í abogada, en representaci n de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, representadaó legalmente por su Vicepresidenta Ejecutiva (S), do a M nica Rosa Morales Seguel,ñ ó ejecutada en estos autos, solicitando la nulidad de todo lo obrado en autos por falta de emplazamiento. Sostiene que el domicilio de su representada es el correspondiente a Morandé 226, pisos 5, 6 y 7 de la comuna de Santiago y que, sin embargo, en esta causa constan atestados receptoriales de 24 y 31 de agosto de 2022, donde el receptor judicial don Alex N ez Lai indica haber realizado b squedas positivas en elúñ ú domicilio ubicado en Marchant Pereira N 726, comuna de Providencia, que° err neamente se indic como el de su representada, ya que desde el mes deó ó noviembre de 2021, la Vicepresidenta Ejecutiva tiene su domicilio en Morand 226,é comuna de Santiago. Afirma que, con fecha 8 de noviembre del presente, durante la jornada de ma ana, en revisi n mensual de las causas de la Instituci n asociadas al rol nicoñ ó ó ú tributario de la Junta Nacional de Jardines Infantiles en la plataforma de la Oficina Judicial Virtual, se percata de la existencia de la presente causa, asociada al rol P- 2484-2022. Código: RPXYXEBZFDP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Relata que, acto seguido, ante las constancias de b squeda y notificaci nú ó realizada por el Ministro de Fe, se comunic mediante correo electr nico con laó ó secretaria del Departamento de Fiscal a de la Instituci n que representa, do a Nicolí ó ñ Luna, para que de forma inmediata realice las averiguaciones suficientes para determinar si se hab a recibido notificaci n o noticia alguna asociada a la presenteí ó causa en la direcci n de Marchant Pereira N
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone. Sostiene que su mandante inici las acciones judiciales de cobro deó cotizaciones previsionales se aladas en el t tulo ejecutivo, en raz n de existir en suñ í ó registro el domicilio de calle Marchant Pereira N 726, comuna de Providencia,° perteneciente a la ejecutada, siendo el mismo domicilio en que notific la demandaó laboral en contra de la ejecutada y promovida por el trabajador en los autos RIT O- Código: RPXYXEBZFDP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6194-2019 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, donde nada se al con respecto a la invalidaci n de la notificaci n. ñ ó ó ó Explica que no basta con que la contraria, indique que el domicilio donde se practic la notificaci n de la demanda ejecutiva ya no le pertenece, sino que como loó ó exige la Ley 17.322 en su art culo 18, debe acreditar haber cumplido con laí obligaci n de declarar ante las Instituciones de Previsi n y Seguridad Social losó ó nombres de sus gerentes, administradores o presidentes, y comunicar los cambios en esas designaciones o en el domicilio legal de unos y otros, dentro de los 30 d as deí producido. Al efecto cita la normativa se alada.ñ Afirma que la ley exige a todo empleador, sin distinci n de su calidadó jur dica el deber de informar y, este se practica mediante manifestaci n expresa anteí ó las instituciones de previsi n y seguridad social, no bastando con realizaró publicaciones que pudieran entenderse conocidas por todos, dado que la ley es taxativa al se alar deber n declarar ante las instituciones de seguridad social a queñ “ á est n afiliados sus dependientes . é ” Concluye que, en consecuencia, no existe agravio alguno que pudiera afectarle a la ejecutada, toda vez que ha sido su propio actuar, de alejarse del cumplimiento de su obligaci n que le ha impedido de ejercer un derecho, m s aun cuandoó á habiendo sido condenada al pago de las prestaciones laborales y previsionales hasta la convalidaci n, es de su deber moral y legal de concurrir con su pago oportuno aó dichas prestaciones. Expone que estamos ante un empleador infractor del art culo 18 de la Leyí 17.322 que pretende aprovecharse de su propio dolo para obtener un beneficio procesal, por lo que se debe rechazar el incidente de nulidad procesal, toda vez que Código: RPXYXEBZFDP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl no acredita haber dado oportuno conocimiento a la entidad de previsi n y seguridadó social el cambio de domicilio que viene dando cuenta, m s aun cuando en los hechos,á la demanda judicial que inici el trabajador se alado en el t tulo ejecutivo, notific suó ñ í ó demanda en el mismo domicilio donde se practic la demanda y el requerimiento deó pago, estos es calle Marchant Pereira N 726, comuna de Providencia. ° Se ala, en cuanto a la notificaci n de la demanda realizada por el Receptorñ ó Judicial actuante, que
Fallo
Por tanto, de acuerdo a lo establecido en los art culos 4 y siguientes de la Leyí º 17.322, 40, 44 y 80 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó I.- Que se rechaza el incidente de nulidad interpuesto por la ejecutada de autos Junta Nacional de Jardines Infantiles. II.- Que, cada parta pagar sus costas.á RIT: P-2484-2022 RUC: 22-3-0021204-6 Resolvi do a Mar a Eugenia Cubil lo Espinoza, Jueza Titular deló ñ í Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electr nica avanzada.ó En Santiago a diez de abril de dos mil veintitr sé , se notific por el estadoó diario la resoluci n precedente.ó Código: RPXYXEBZFDP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-04-10T10:10:51-0400
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Santiago, diez de abril de dos mil veintitr sé . VISTOS: PRIMERO: en estos autos RIT P-2484-2022, RUC 22- 3-0021204-6, sustanciados ante este Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, con fecha 14 de noviembre de 2022 comparece do a Mar a Elisa Peralta Acevedo,ñ í abogada, en representaci n de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, representadaó legalmente por su Vicepresidenta Ej
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