YASNA DEL CARMEN SILVA TAPIA C/ CARMEN GLORIA IRACABAL KNEER
Rol
134108-2022
Fecha
3 de noviembre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
INADMISIBILIDAD RECURSO DE NULIDAD
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante Juzgado de Garantía de Puente Alto; los que han sido remitidos a esta Corte Suprema para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la querellante contra la sentencia que absolvió a las requeridas de los delitos de injurias y calumnias. 2° Que por el recurso interpuesto por la parte querellante, se ha invocado como causal principal la de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal; señalando como infringido el derecho al debido proceso, básicamente porque cuestiona la valoración de la prueba y la decisión de absolución de las querelladas. 3° Que entiende esta Corte, que la causal del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, tiene como titular de las garantías a que alude tal precepto, al imputado, y en caso alguno al Ministerio Público o al querellante; desde que así ha sido reconocido en los diversos instrumentos internacionales, lo que resulta de toda lógica, desde que ello encuentra sustento, a fin de que la persona condenada pueda contrarrestar el aparato punitivo Estatal, y aunque el querellante, no tiene por función propia la dirección en forma exclusiva de la investigación de los hechos constitutivos de delitos, es parte acusadora en el proceso-más en este tipo de delitos de acción penal privada- por lo que no cuenta con legitimación activa por la causal esgrimida, lo que conlleva necesariamente que el recurso sea declarado inadmisible. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la querellante,-en lo que a la causal principal se refiere- en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Garantía de Puente Alto. Remítase a la Corte de Apelaciones de San Miguel, para que previa revisión en cuenta en lo que a la causal subsidiaria del libelo intentado se refiere, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 134108-22.
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la querellante,-en lo que a la causal principal se refiere- en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Garantía de Puente Alto. Remítase a la Corte de Apelaciones de San Miguel, para que previa revisión en cuenta en lo que a la causal subsidiaria del libelo intentado se refiere, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Regístrese y remítase. Rol N° 134108-22.
Texto Completo (Preview)
Santiago, tres de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que en proceso seguido ante Juzgado de Garantía de Puente Alto; los que han sido remitidos a esta Corte Suprema para conocer del recurso de nulidad interpuesto por la querellante contra la sentencia que absolvió a las requeridas de los delitos de injurias y calumnias. 2° Que por el recurso interpuesto por la parte q
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