1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

GALLARDO/SANTIBÁÑEZ

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, teniéndose presente que las excepciones dilatorias presentadas por la parte demandada resultan precisas y claras en orden a los argumentos de hecho y derecho en las cuales se fundamentan, no resultando plausible lo indicado en orden a que aquellas sean consideradas como una contestación de la acción de autos; y que en cuanto a la excepción de incompetencia del Tribunal como tal, advirtiendose que el domicilio del demandado que ha sido indicado por la propia demandante en su acción lo es en la comuna de Osorno, cuestión que se ratifica con el atestado receptorial de folio 16 del cuaderno principal de la tramitación de primera instancia, donde se notificó, por cédula a la demandada en dicha comuna, aquella se configura por aplicación de lo establecido en el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunal, no existiendo, además, actuación procesal que importe la prórroga de competencia como lo afirma la recurrente, y de conformidad a lo señalado en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas la resolución en alzada de fecha tres de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas. Regístrese y devuélvase. Rol Civil N° 975-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y la relación efectuada en la causa, teniéndose presente que las excepciones dilatorias presentadas por la parte demandada resultan precisas y claras en orden a los argumentos de hecho y derecho en las cuales se fundamentan, no resultando plausible lo indicado en orden a que aquellas sean

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