RAMIRO ALBEIRO VILLARREAL GARCÍA/15° JUZGADO DE GARANTIA
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Miguel Sánchez Muñoz, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Ramiro Albeiro Villarreal García, en contra del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, con motivo de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta el 6 de septiembre del año en curso en causa RIT 52-2023. Explica que el 15° Juzgado de Garantía decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del amparado, respecto de quien se formalizó investigación por hechos constitutivos del delito previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley N°20.000, en virtud de una orden judicial de detención decretada en su contra y controlada vía exhorto por el Juzgado de Garantía de La Calera, siendo privado de libertad en el Recinto Penitenciario CDP Quillota. Manifiesta que existen dos circunstancias que hacen ilegal la resolución judicial. Primeramente, indica que el 15° Juzgado de Garantía de Santiago dictó una orden de detención el 16 de junio de 2023, sin embargo, revisada la causa, no existe ninguna resolución en contra de su representado ni antecedentes previos a la detención que dé cuenta de haber sido citado o notificado de alguna audiencia. Añade que en la causa existe un oficio de 25.08.2023, emitido por el OS7 de Carabineros de Chile en el cual señala haber diligenciado la orden de detención de 16 de junio de 2023, informando que en diferentes fechas entre los meses de junio y agosto de ese año, personal de Carabineros se constituyó en el supuesto domicilio del amparado para proceder a su detención. Posteriormente, el 28 de agosto de 2023 el tribunal tuvo por diligenciada la detención con resultado negativo. Afirma que ese es el único dato que existe del amparado previo a su detención y prisión preventiva, recalcando que no existe orden de detención ni solicitud del Ministerio Público en ese sentido y que ninguno de los domicilios donde se efectuaron las búsquedas corresponde al del amparado. Seguidamente, refiere
Fallo
se declara que queda eximido de dicho A los escritos folios N°8 y 9: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Miguel Sánchez Muñoz, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Ramiro Albeiro Villarreal García, en contra del 15° Juzgado de Garantía de Santiago, con motivo de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta el 6 de septiembre del año en curso en causa RIT 52-2023. Explica que el 15° Juzgado de Garantía decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del amparado, respecto de quien se formalizó investigación por hechos constitutivos del delito previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley N°20.000, en virtud de una orden judicial de detención decretada en su contra y controlada vía exhorto por el Juzgado de Garantía de La Calera, siendo privado de libertad en el Recinto Penitenciario CDP Quillota. Manifiesta que existen dos circunstancias que hacen ilegal la resolución judicial. Primeramente, indica que el 15° Juzgado de Garantía de Santiago dictó una orden de detención el 16 de junio de 2023, sin embargo, revisada la causa, no existe ninguna resolución en contra de su representado ni antecedentes previos a la detención que dé cuenta de haber sido citado o notificado de alguna audiencia. Añade que en la causa existe un oficio de 25.08.2023, emitido por el OS7 de Carabineros de Chile en el cual señala haber diligenciado la orden de detención de 16 de junio de 2023, informando que en difer
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Dejo constancia que se anunciaron y alegaron por el recurso el abogado don Jorge Sánchez Muñoz y en contra de éste el abogado representante del Ministerio Público don Rodrigo Peña Briceño. En San Miguel, a 16 de septiembre de 2024, Nicole Busto Maulén, relatora. San Miguel, dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro 417a.dv+iidos los antecedentes desde la integrante don te año.e la causa y,
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