MINISTERIO PUBLICOC/ MICHAEL JOHN BERENGUELA CAMPOS
Rol
Fecha
16 de septiembre de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos RIT N°87-2024, RUC N°2200634596-8, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, por sentencia de ocho de julio de dos mil veinticuatro, una sala del referido juzgado, integrada por doña Ana Marcela Alfaro Cortés, doña Nury del Carmen Benavides Retamal y doña Jimena Soledad Pérez Pinto, resolvió condenar al enjuiciado Michael John Berenguela Campos, como autor del delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero en relación a los artículos 439 y 432, todos del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en La Serena, el 28 de junio de 2022, en perjuicio de Ana María Coss Guerra y de Catalina y Nicolás, ambos de apellido Portilla Coss, a sufrir la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio; y, además, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y al pago de las costas de la causa. Además, se condenó al referido encartado como autor del delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo de frustrado, perpetrado el 11 de agosto de 2022, en La Serena, en perjuicio de Luis Tabilo Araya, a sufrir la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. La misma sentencia determinó, que las sanciones corporales debían ser cumplidas efectivamente, reconociéndole, en todo caso, el tiempo de privación de libertad que la misma decisión señala. Asimismo, dispuso la incorporación de la huella genética del condenado en el registro pertinente. En contra de esta decisión, la defensora penal de confianza, que re
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la defensa del condenado luego de referirse a los supuestos fácticos que le fueron imputados a su representado y a su teoría del caso, señaló que la sentencia impugnada incurrió en la causal de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) en relación con lo dispuesto en el artículo 342 letra c) y 297 del mismo compendio de leyes. Manifiesta que la causal de nulidad se fundamenta en el motivo antes indicado que supone que en el
Fallo
fallo para el día de hoy. Considerando: Primero: Que la defensa del condenado luego de referirse a los supuestos fácticos que le fueron imputados a su representado y a su teoría del caso, señaló que la sentencia impugnada incurrió en la causal de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) en relación con lo dispuesto en el artículo 342 letra c) y 297 del mismo compendio de leyes. Manifiesta que la causal de nulidad se fundamenta en el motivo antes indicado que supone que en el fallo se haya omitido la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, que permite a los tribunales apreciar la prueba con libertad, expresando que no podrán contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, exigiéndole hacerse cargo en su fundamentación de toda la prueba producida, incluso de aquella que hubiere desestimado, indicando, en tal caso, las razones que hubiere tenido en cuenta para hacerlo, exigiendo que la valoración de la prueba en la sentencia requerirá el señalamiento del o los medios de prueba mediante los cuales se dieren por acreditados cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados y que esta fundamentación deberá permitir la rep
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Ministerio Público c/ Michael John Berenguela Campos Robo con violencia Rol N°1274-2024 (Rit I-87-2024 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena). La Serena, dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos RIT N°87-2024, RUC N°2200634596-8, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, por sentencia de ocho de julio de dos mil veinticuatro, una sala del
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