C/ CARLOS ALFREDO MUNOZ VEGA
Rol
Fecha
14 de septiembre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal, dispuestas por el tribunal a quo. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de trece de septiembre del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó la prisión preventiva de Carlos Alfredo Munoz Vega y decretó a su respecto las medidas cautelares del artículo 155 letra a), d) y g) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno, prohibición de salir del país y prohibición absoluta de acercarse a la víctima. Acordada con el voto en contra del ministro señor Luis Sepúlveda Coronado, fue del parecer de revocar la resolución apelada y decretar respecto del imputado la prisión preventiva, atendido que a su parecer se encuentran acreditados los presupuestos de las letras ) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y respecto a la necesidad de cautela, estima que la gravedad del ilícito, pena probable y antecedentes reprochables del imputado hacen que este último constituya un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 3357-2024 Penal
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San Miguel, catorce de septiembre de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Rol Corte: 3357-2024-Penal Ruc: 2401096527-2 Rit: 6489-2024 11° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Nicole Bustos Maulén Caratulado: C/ CARLOS ALFREDO MUNOZ VEGA Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, catorce de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que
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