IWANOWSKI/CONTRERAS
Rol
J-63-2021
Fecha
10 de abril de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Primero: Que la presente causa RIT J-63-2021, se inició por demanda ejecutiva interpuesta por don Mauricio López Cortés y don Héctor Duhart Gallardo, abogados, en representación del trabajador ejecutante, JANIRE IWANOWSKI CHIRINOS, domiciliado en calle Rodolfo Palanek N° 1532, Población Bosquemar, de la comuna Puerto Montt, en contra de ROLANDO VALENTIN CONTRERAS TOLEDO, con domicilio en calle S Grande, comuna de Puerto Montt, sector Puerto Montt centro e Isla Tenglo, Puerto Montt. Segundo: Que el ejecutado representado por el abogado don Christian Rodrigo Medina Díaz, opuso la excepción de pago parcial de la deuda, fundado en la circunstancia de haber hecho pagos parciales a la deuda, con anterioridad a la notificación de la demanda que da origen a la presente causa. Indica que dichos pagos constan en documentos que acompaña, y que en su conjunto suman $1.570.000; más un pago por la suma de $200.000, respecto del cual no cuenta con el comprobante de depósito. Agrega que si se ha de dar curso a la demanda, esta debe ser por la diferencia entre lo adeudado y lo depositado, y no por el total del crédito. Solicita en definitiva, acogerlas, y negar lugar la ejecución de autos, en todas sus partes, con costas. Tercero: Que la ejecutante evacuando el traslado conferido, se allanó al pago parcial alegado, reconociendo expresamente que el pago parcial fue por la suma de $1.770.000. Cuarto: Que con fecha 27 de marzo del año en curso, se declaró admisible la excepción opuesta y se citó a las partes a oír sentencia, en conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 466 del Código de Procedimiento Civil. Quinto: Que, la ejecutada acreditó mediante los comprobantes de depósitos acompañados, haber pagado a la ejecutante: $150.000 el 21 de septiembre de 2021, $620.000 el 04 de octubre de 2021, $560.000 el 18 de enero de 2022, $90.000 el 04 de enero de 2022, $70.000 el 18 de enero de 2022 y $80.000 el 02 de marzo de 2022. Sexto: Que, así las cosas, y t
Fallo
se declarará en lo resolutivo de la presente sentencia. Código: QYWJXEXXNDP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Séptimo: Que, teniendo presente, que deberá proseguirse con la ejecución por el saldo del crédito que resulte de la liquidación, se impondrán las costas del juicio a la parte ejecutada, y así se declarará en lo resolutivo del presente fallo, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 446 y 471 inciso 3° del Código de Procedimiento Civil. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 463 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la excepción de pago parcial de la deuda opuesta por la parte ejecutada, y en consecuencia, se ordena imputar al crédito la suma de $1.770.000 al momento de liquidar la deuda; al efecto, liquídese el crédito por el funcionario encargado. II.- Que se ordena proseguir con la ejecución por el saldo de deuda que resulte de la liquidación ordenada precedentemente. III.- Que, se condena en costas a la ejecutada. Notifíquese por correo electrónico, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. RIT: J-63-2021 RUC: 21-3-0217926-0 Resolvió doña MARCIA VIVIANA YURGENS RAIMANN, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt. Certifico que, con esta fecha se incluyó en el estado diario la resolución precedente. Puerto Montt, a diez de abril de dos mil veintitrés. /jka Código: QYWJXEXXNDP Este documento tiene firma electrónica
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Puerto Montt, diez de abril de dos mil veintitrés. Vistos: Primero: Que la presente causa RIT J-63-2021, se inició por demanda ejecutiva interpuesta por don Mauricio López Cortés y don Héctor Duhart Gallardo, abogados, en representación del trabajador ejecutante, JANIRE IWANOWSKI CHIRINOS, domiciliado en calle Rodolfo Palanek N° 1532, Población Bosquemar, de la comuna Puerto Montt, en contra de R
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