ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de septiembre de 2024
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del motivo 16°, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que la pensión de alimentos a que se encuentra obligado el demandado respecto de sus hijos, dice relación con necesidades relativas a la educación escolar o superior que cursen, vivienda y salud, las que no resultan sustancialmente alteradas por el hecho de compartir -ahora- los progenitores el cuidado personal de uno de ellos y de pasar éstos más o menos tiempo en el domicilio de la madre o del padre. Segundo: Que, sin embargo, es un hecho acreditado con la prueba instrumental ...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del motivo 16°, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que la pensión de alimentos a que se encuentra obligado el demandado respecto de sus hijos, dice relación con necesidades relativas a la educación escolar o superior que cursen, vivien
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