SIN INFORMACION

VEGAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece don Sebastián Monsalve Navarro, abogado, en representación de doña Leoicy Valentina Vegas García, soltera, venezolana, DNI V-26.957.915, domiciliada en calle chaihuin N°2848, comuna y ciudad de Osorno, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 141 de la ley 21.325 interpone Recurso de Reclamación en contra de la Resolución Exenta Nº28083 de 31 de julio de 2024 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones que dispuso su expulsión, solicitando dejarla sin efecto toda vez que amenaza su derecho de libertad personal y seguridad individual. Indicó que su ingreso al país se debió al peligro inminente que enfrentaba su integridad física y psicológica en su país de origen, en el contexto de la profunda crisis económica, política, alimentaria y de seguridad que sufre desde hace más de una década Venezuela, país de origen de la reclamante. Añadió que el 7 de agosto de 2024 fue notificada en dependencias del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Osorno, del contenido de la Resolución Exenta N°28083 que disponía su expulsión. Estima que la decisión de la administración resulta desmedida en atención a que su infracción habría sido el ingreso a territorio nacional por paso no habilitado. Solicitó se deje sin efecto la resolución reclamada y en su lugar, declare que la reclamante, tiene derecho a regularizar su situación migratoria conforme a la legislación en vigor. Segundo: Que comparece Elver Luciano Noriega Arteaga, abogado, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso de reclamación. Explica que la reclamante ingresó al territorio nacional por paso fronterizo no habilitado. Sumado a lo anterior, por medio de Informe Policial N°385 de 14 de noviembre de 2023 emitido por Policía de Investigaciones de Osorno se denunció el ingreso al país de forma irregular, eludiendo el control respectivo. Luego, mediante acta de notificación de 14 de noviembre de 2023 del Departamento de Migraciones y Policía Internacional Osorno, de la Policía de Investigaciones de Chile, se informó a la recurrente que se inició un procedimiento sancionatorio de expulsión, específicamente por su ingreso clandestino, con arreglo a artículo 132 bis de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería. En virtud de lo anterior, se otorgó a la recurrente un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación, para que realizara los descargos pertinentes. La extranjera no remitió antecedentes a modo de descargos, por lo cual la autoridad administrativa solo tomó en consideración los antecedentes disponibles. Sostiene que, al no acompañar antecedentes, y de acuerdo a los documentos disponibles que mantenía el Servicio, mediante Resolución Exenta N°28083 de 31 de julio de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, se ordenó la expulsión del territorio nacional de la reclamante, fundamentalmente por el ingreso al país de forma irregular, no pudiendo acreditar vínculos en el país;

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N°21.325, SE RECHAZA el reclamo judicial deducido por doña Leoicy Valentina Vegas García, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. N°Contencioso Administrativo-47-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, trece de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece don Sebastián Monsalve Navarro, abogado, en representación de doña Leoicy Valentina Vegas García, soltera, venezolana, DNI V-26.957.915, domiciliada en calle chaihuin N°2848, comuna y ciudad de Osorno, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 141 de la ley 21.325 interp

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