MP C/ JHOJAN ADOLFO CASTRO ZEPEDA
Rol
Fecha
13 de septiembre de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, y
Fundamentos
considerando que para resolver la cuestión controvertida se debe tener presente el estatuto sancionatorio especial al que están sujetos los imputados, el que tiene fines diversos de aquel que rige a los adultos, y en el que la privación de libertad es doblemente excepcional, concretando intensamente el principio de última ratio contenido en el artículo 32 de la Ley N° 20.084, el que es imperativo tener presente por sobre criterios generales y abstractos en materia procesal penal, especialmente, cuando lo involucrado es la libertad de la persona, de manera que la decisión judicial no puede desapegarse del caso concreto y sus particularidades, sujetándose indefectiblemente a los principios de proporcionalidad e instrumentalidad que rigen en todo ámbito cautelar, y conforme además con lo dispuesto en los artículos 32 y 33 de la Ley N° 20.084, y 122, 139 y 149 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada, dictada en audiencia de cinco de septiembre de dos mil veinticuatro, por la jueza del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña Paola Rojas Labarca, que dispuso la internación provisoria de los imputados adolescentes Jhojan Adolfo Castro Zepeda, Manuel Alejandro Orrego Galleguillos y Rubén Antonio Alquinta Carmona y en su lugar
Fallo
se decide que les quedan impuestas las cautelares de arresto domiciliario nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas del día siguiente, firma mensual ante el Ministerio Público y la prohibición de aproximarse a los ofendidos, a sus domicilios, establecimientos educaciones y a cualquier lugar en que se encontraren, a una distancia de 200 metros, al tenor de lo establecido en el artículo 155 letras a), c) y g), respectivamente, del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y devuélvase, debiendo disponerse la inmediata libertad de los adolescentes individualizados, salvo que tuvieren que quedar privados de ella por otra causa. N° Penal-714-2024.
Texto Completo (Preview)
Fecha: trece de septiembre de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-714-2024 Ruc N°: 2400326029-8 Rit N°: O-5547-2024 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministra (i) señora Llilian Durán Barrera, fiscal judicial señor Rodrigo Cid Mora y abogada integrante señora Verónica Álvarez Muñoz Relator: Walter Piñats Aliaga Abogada Asesora M.P.: Paula Chávez Navarro Defen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica