2° JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN MIGUEL

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES CON HORMIGONES BICENTENARIO S.A.

Rol

Fecha

13 de septiembre de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, en este caso, la circunstancia de haber sido sorprendido el camión del denunciado enfrente de una obra de construcción con permiso de edificación vigente y que el rubro de éste se encuentra relacionado con la comercialización de materiales de construcción, específicamente hormigón, lo que se desprende incluso de su nombre, constituyen antecedentes que permiten presumir, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, la concurrencia de la infracción materia de la denuncia, específicamente, que el camión se encontraba en la calzada, fuera de los deslindes del predio donde se ejecuta la obra, en la espera de realizar la faena de carga o descarga. Segundo: Que, en cuanto al argumento subsidiario planteado en estrados sobre la buena fe con que habría actuado el denunciado, cabe señalar que esta se trata de una alegación nueva, que no fue materia de la controversia ni mencionada en el recurso de apelación, de manera que es ajena a éste. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N°18.287, se confirma la sentencia apelada de diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de San Miguel, en la causa Rol C-1848-2022. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Jaime Salas Astrain, quien fue de la opinión de absolver a la denunciada, desde que el hecho que motivó la multa impuesta no aparece contenido en el parte denuncia. Adicionalmente, el informe de la Dirección de Obras Municipales, evacuado en la causa, tampoco incorporó hechos atingentes a la norma que se cree infringida. Regístrese y devuélvase. N° 406-2023 Policía local

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, revocando el abogado Felipe Godoy. San Miguel, 13 de septiembre de 2024.Nicole Bustos Maúlen, relatora. San Miguel, trece de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 14: Téngase presente. Vistos: Primero: Que, en este caso, la circunstancia de haber sido sorprendido el camión del denunciado enfrente de una obra de construcción con p

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