JUAN ESTEBAN GUERRERO SALAZAR/NOTARIO TITULAR DE LA COMUNA DE HUALPÉN VÍCTOR TOLEDO MACHUCA
Rol
Fecha
12 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo constitucional deducido se advierte por esta Corte que los actos que se denuncian como ilegales o arbitrarios, no vulneran garantías en su esencia que puedan ser resguardadas por esta vía, toda vez que trata de hechos que eventualmente podrían ser constitutivos de responsabilidad disciplinaria o administrativa,
Fundamentos
considerando la finalidad eminentemente cautelar y de urgencia para la cual se encuentra establecido el arbitrio en estudio, y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
se declara que la secretaria titular señora Aylin Schroeder Chiguay, se encuentra inhabilitada para conocer de estos autos. Al recurso folio 1: A lo principal: Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo constitucional deducido se advierte por esta Corte que los actos que se denuncian como ilegales o arbitrarios, no vulneran garantías en su esencia que puedan ser resguardadas por esta vía, toda vez que trata de hechos que eventualmente podrían ser constitutivos de responsabilidad disciplinaria o administrativa, considerando la finalidad eminentemente cautelar y de urgencia para la cual se encuentra establecido el arbitrio en estudio, y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de protección deducido. Sin perjuicio de lo resuelto remítase copia del recurso y de la presente resolución al señor Ministro visitador que corresponda. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese y archívese. N°Protección-18941-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SAN/jvm Concepción, doce de septiembre de dos mil veinticuatro. Con el mérito de la constancia precedente, se declara que la secretaria titular señora Aylin Schroeder Chiguay, se encuentra inhabilitada para conocer de estos autos. Al recurso folio 1: A lo principal: Visto: Teniendo presente que del relato contenido en el libelo constitucional deducido se advierte por esta Corte
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