4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

RECABARREN/ROJAS

Rol

Fecha

12 de septiembre de 2024

Materia

MONITORIO-PRECARIO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18-B y 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se apela subsidiariamente la resolución que declaró inadmisible la demanda monitoria la que únicamente es impugnable por la vía de la reposición, por lo que se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la resolución de dieciséis de mayo del año en curso, en la causa rol C-4092-2024 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Al escrito folio 3: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Devuélvase por interconexión. Rol N°1838-2024 Civil

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiaria interpuesto en contra de la resolución de dieciséis de mayo del año en curso, en la causa rol C-4092-2024 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Al escrito folio 3: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Devuélvase por interconexión. Rol N°1838-2024 Civil

Texto Completo (Preview)

CH (nkg) San Miguel, doce de septiembre del año dos mil veinticuatro. Vistos: Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18-B y 18-J del título III bis de la Ley 18.101, en el procedimiento monitorio sólo será apelable la resolución que se pronuncie respecto a la oposición del deudor, cuyo no es el caso de autos toda vez que se apela subsidiariamente la resolución que declaró inadmisibl

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