SIN INFORMACION

RIQUELME VENEGAS PATRICIA DEL CARMEN / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, por medio de formulario presentado ante la Secretaría Especial de esta Corte, se interpone recurso de protección en favor de Patricia Riquelme Venegas y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°R-01-S-77892-2024, de 16 de mayo de 2024, que resolvió confirmar el rechazo de las licencias médicas N° 89545037-5, 90144582-6, 90813951-8 y 91466499-3, extendidas por un total de 60 días a contar del 1 de agosto de 2023, lo que vulneraría las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°1, 2 y 24 de la Constitución Política de la República. La recurrente solicita que se declare justificado el reposo y se ordene el pago de las licencias médicas. Para apoyar los

Fundamentos

fundamentos de su recurso, acompaña copia de la Resolución Exenta N° N°R-01-S-77892-2024, de 16 de mayo de 2024, que resolvió rechazar el recurso de reposición interpuesto por la recurrente, por haberse presentado fuera del plazo legalmente establecido. Para ello considera que la notificación de la resolución recurrida se realizó el 28 de marzo de 2024, por lo que el plazo para reponer venció el 5 de abril del mismo año, y no el día 24 de aquel mes, en que se interpuso el recurso de reposición en contra de la Resolución Exenta N°R-01-UME-52307-2024 de 28 de marzo de 2024. SEGUNDO: Que evacua informe Rodrigo Quijada, en representación de la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, a su turno en representación de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana, y señala que las licencias médicas reclamadas en autos fueron rechazadas debido a que la recurrente no contaba con antecedentes médicos que justificaran la prolongación de su reposo. Agrega que la recurrente acompañó informe médico complementario emitido por médico general con controles seriados, acompañado de informe psicológico, general en su contenido, sin registro de sesiones, con modificación de terapia continuada, sin derivación a especialidad pese a no alcanzar eutimia y no se estableció rol terapéutico. Estima que la recurrente no contaba con antecedentes médicos que justificaran el tiempo de reposo más allá del tiempo autorizado, no cumpliéndose el rol terapéutico. Expone que la Superintendencia de Seguridad Social (última instancia administrativa), a través de su Resolución Exenta N° R-01-S-77892-2024, con fecha 16 de mayo de 2024, rechazó el recurso de reconsideración y reclamo por parte del usuario, confirmando nuevamente el rechazo de las licencias médicas. Detalla que tal autoridad estimó que, de los antecedentes aportados, no se acompaño ninguno que ameritara efectuar un nuevo estudio de lo resuelto por COMPIN. Argumenta que el rechazo de las licencias médicas se enmarca en los parámetros técnicos establecidos en el Reglamento de Guías Clínicas Referenciales Relativas a los Exámenes, Informes y Antecedentes que deberán Respaldar la Emisión de Licencias Médicas, que en su artículo 4, numeral II, se refiere a patologías mentales. Para apoyar los fundamentos de su informe, acompaña el Listado Maestro Licencias Médicas Fonasa de la parte recurrente, del período 2023. TERCERO: Que evacua informe Tomás Garró Gómez, abogado, en representación de la Superintendencia de Seguridad Social, y, en primer lugar, solicita el rechazo del recurso por extemporaneidad. Argumenta que el recurrente tenía conocimiento cierto del rechazo de las licencias médicas vinculadas a la Resolución Exenta de 16 de mayo de 2024, en cuanto reclamó de aquello ante la Superintendencia de Seguridad Social el 28 de diciembre de 2023, data desde la que habría transcurrido con creces el plazo para la interposición del recurso de protección, de treinta días corridos, considerando que

Fallo

Fallo del Recurso de protección, se resuelve: I.- Que SE ACOGE el recurso de protección interpuesto en favor de Patricia Riquelme Venegas, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y la Comisión de Medicina Preventiva, sólo en cuanto se deja sin efecto las resoluciones exentas N° Exenta N°R-01-S-77892-2024, de 16 de mayo de 2024 y N° R-01-UME-52307-2024, de 28 de marzo de 2024, y, en su lugar se dispone que se encargue a la COMPIN de la Región Metropolitana, a efectuar una nueva evaluación médica, con el objeto de determinar la actual condición de salud de la recurrente en relación con la patología que padece y su recuperabilidad en el tiempo. II.- Que, una vez hecho lo anterior, la repartición pública recurrida se pronunciará nuevamente sobre las licencias médicas rechazadas y que han sido objeto de esta acción. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-15596-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, por medio de formulario presentado ante la Secretaría Especial de esta Corte, se interpone recurso de protección en favor de Patricia Riquelme Venegas y en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), por el acto

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica