BAÑAREZ/COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO COOPEUCH,
Rol
Fecha
11 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º) Patricia Deyanira Bañárez Veloso, domiciliada en la comuna de Valdivia, recurre de protección en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEUCH, domiciliada en la comuna de Santiago, quien habría descontado y retenido indebidamente dinero de sus remuneraciones, vulnerando de esta forma su derecho a la honra, garantizado en el numeral 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el 10 de agosto de 2023 solicitó la liquidación voluntaria de sus bienes, de conformidad a las disposiciones de la Ley Nº20.720, y que el 7 de septiembre de ese año se dictó la respectiva resolución de liquidación, en la causa Rol C-2663-2023 del Primer Juzgado de Letras de Osorno, caratulada “Patricia Bañárez Veloso”. La resolución de término de dicho procedimiento fue dictada el 13 de junio de 2024 y se encuentra firme y ejecutoriada. Afirma que, aún luego de la resolución de liquidación, la recurrida continuó descontando de sus remuneraciones las cuotas de una obligación pactada con anterioridad a la resolución concursal, vulnerando lo dispuesto artículos 134, 136 y 137 de la ley citada. Refiere que, ante esta situación, solicitó al tribunal que se oficiara a la recurrida a fin de que cesara las deducciones y restituyera el monto descontado de su remuneración, petición a la que se accedió el 4 de octubre de 2023, diligenciando el correspondiente oficio el 12 de octubre de ese año, no habiéndose cumplido por la recurrida con ella devolución ordenada. Termina solicitando que se ordene a la recurrida reintegrar los montos descontados indebidamente. 2º) En su informe, la recurrida solicita el rechazo de la acción deducida, alegando, en primer lugar, la extemporaneidad del recurso, fundada en que, atendida la época de los descuentos que se impugnan, a la fecha de interposición del recurso se encontraba vencido el término de treinta días establecido en el artículo 1º del Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de
Fallo
Por estas consideraciones y lo preceptuado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Patricia Deyanira Bañárez Veloso en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEUCH. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2184-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1º) Patricia Deyanira Bañárez Veloso, domiciliada en la comuna de Valdivia, recurre de protección en contra de Cooperativa de Ahorro y Crédito COOPEUCH, domiciliada en la comuna de Santiago, quien habría descontado y retenido indebidamente dinero de sus remuneraciones, vulnerando de esta forma su de
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