JUZGADO TRIBUTARIO PUERTO MONTT

TESORERIA PROVINCIAL LLANQUIHUE CON SERGIO GONZALEZ LABARCA

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que se han elevado los antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por don Sergio González Labarca, parte ejecutada en el proceso de cobro de impuestos sustanciado en esta etapa por el Tesorero Comunal, en contra de la resolución que deniega el abandono del procedimiento alegado por el ejecutado, estimándose por el sentenciador de primer grado que el incidente es improcedente en atención a la naturaleza administrativa del procedimiento, sin perjuicio además de argumentar que en el Código Tributario, en tanto establece las bases de este procedimiento, no existe reenvío al libro primero del Código de Procedimiento Civil, el cual trata del abandono del procedimiento. Segundo: Que, como ya se ha afirmado por esta Corte con ocasión del recurso de hecho que incidió en estos antecedentes, la función desarrollada por el Tesorero Comunal, Juez sustanciador que instruye la primera etapa del procedimiento de cobro regulada en el título V del libro III del Código Tributario, es de carácter jurisdiccional, pues la ley le ha conferido facultades en dicho carácter. Así, por ejemplo, el artículos 170 del Código Tributario, en cuanto ordena despachar mandamiento de ejecución y embargo contra el deudor y ordena su notificación y requerimiento de pago o el artículo 177 del mismo cuerpo legal, en cuanto le permite desechar de plano la excepción de no empecer el título al ejecutado que no cumpliere los requisitos de admisibilidad previstos en la ley. Tercero: Que, no obsta a lo anterior el hecho que se trate de una autoridad administrativa, pues la garantía del debido proceso reconocida en el artículo 19 N° 3, inciso 6° de la Constitución Política de la República, comprende no sólo a las sentencias emanadas de aquellos tribunales que integran el Poder Judicial, tratado en el Capítulo V de nuestra Constitución, sino a "Toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción", como sucede con el Juez sustanciador. Así se ha razonado además por la Excma. Cor

Fallo

se declara abandonado el procedimiento de autos respecto del ejecutado Sergio González Labarca. Devuélvase.   Redacción a cargo del Fiscal Judicial (S) Rodolfo Maldonado Mansilla. Rol Tributario 1-2024.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que se han elevado los antecedentes para conocer del recurso de apelación interpuesto por don Sergio González Labarca, parte ejecutada en el proceso de cobro de impuestos sustanciado en esta etapa por el Tesorero Comunal, en contra de la resolución que deniega el abandono del procedimiento alegado por el ejecutado, estimánd

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