SIN INFORMACION

DOCMAC/SUBSECRETARIA PARA LAS FUERZAS ARMADAS

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Viviana Ximena Docmac Cartagena, cédula nacional de identidad N°15.395.250-7, ex funcionaria del Ejército de Chile dedujo la presente acción constitucional de protección en contra de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, representada por el Subsecretario don Galo Eidelstein Silber, ambos domiciliados en Alameda Nº1170, Santiago; la Contraloría General de la República, representada por la Contralora General (s) doña Dorothy Pérez, ambos domiciliados en Teatinos Nº56, Santiago; y, la Caja de Previsión para la Defensa Nacional, representada por su Vicepresidente Ejecutivo don Andrés Culagovsky Rubio, ambos domiciliados en Paseo Bulnes Nº102, Santiago, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el retardo en la tramitación de la resolución que le concede pensión de retiro y desahucio, y el respectivo atraso en el pago de sus beneficios previsionales, lo que vulnera sus derechos constitucionales consagrados en el artículo 19 Nº2 y 24 de la Constitución Política de la República. Expone que mediante Decreto Exento RA Nº118406/2861/2023 de 9 de noviembre de 2023 la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas concedió su retiro temporal del Ejército de Chile por la causal de renuncia voluntaria. Añade que el 26 de marzo del año en curso se remitió su expediente de retiro a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas con el objeto de que se dicte la resolución que le conceda la pensión de retiro y otros beneficios previsionales. Explica que se dispuso el cese de su sueldo a contar del 2 de febrero pasado y que al pedir información sobre el estado de tramitación de su pensión se le informó el 27 de junio que se encontraba en el Gabinete para la firma del subsecretario. Reclama que el plazo para que la Subsecretaría pronuncie la resolución respectiva es de 90 días hábiles, que ya se encuentra cumplido, sin que exista justificación alguna para que se siga dilatando su dictación. Añade que una vez dictada la correspondiente resol

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se resuelve que SE RECHAZA el presente arbitrio constitucional deducido por Viviana Ximena Docmac Cartagena en contra de Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, Contraloría General de la República y Caja de Previsión para la Defensa Nacional. Regístrese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-1603-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Viviana Ximena Docmac Cartagena, cédula nacional de identidad N°15.395.250-7, ex funcionaria del Ejército de Chile dedujo la presente acción constitucional de protección en contra de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, representada por el Subsecretario don Galo Eidelstein Si

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