JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

VENEGAS/CORTÉS

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada de trece de mayo de dos mil veintitrés, con excepción de su

Fundamentos

considerando décimo noveno que se elimina. Y teniendo además presente: PRIMERO: Que el abogado JORGE RIOS IBACACHE, por el demandante CRISTIAN DARIO VENEGAS BARRA, se ha elevado en apelación en contra de la sentencia definitiva de primer grado, que acogió la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual incoada en contra de Hernán Antonio Cortés Roble, sólo en cuanto condenó a la parte demandada a pagar a la parte demandante la suma única de $15.000.000.- (quince millones de pesos) por concepto de daño moral, más reajustes e intereses, que se deberán desde que la la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, rechazando en lo demás la acción incoada. Solicita que se revoque la sentencia de primera instancia en la parte que rechaza la demanda por lucro cesante deducida por el actor; que se confirme con declaración en cuento a elevar la indemnización por concepto de daño moral, al monto indicado en la demanda; y que todas las sumas consideren reajustes e intereses, desde la fecha del hecho ilícito, todo hasta su pago efectivo. En subsidio, solicita que el tribunal de alzada revoque el

Fallo

fallo de primera instancia en la parte solicitada, y lo confirme con declaración en lo pertinente, condenando al demandado HERNAN CORTES ROBLE, a pagar las indemnizaciones de perjuicios a los actores, que el tribunal estime conforme a derecho y la equidad, siempre aumentando los montos; y en todo caso, todo con costas. SEGUNDO: Que, en lo que concierne al lucro cesante, el recurrente señala que se encuentra acreditado en el proceso, que el actor sufrió graves lesiones, y que la fractura de pelvis le provocó un daño funcional, como se consigna en el Informe Médico que consta en la investigación penal; y que en el mismo sentido, declaran lo testigos que deponen en el proceso, estableciéndose la imposibilidad de prestar servicios, atendida la condición física en la que se encuentra. Agrega que en relación con la cuantía del perjuicio, si bien, el actor trabajaba en forma independiente, se puede establecer por medio de la prueba testimonial que percibía ingresos mensuales, por dicha prestación de servicios. Citando a diversos autores es del parecer que se debe acudir a criterios menos de estrictos para tener por acreditado el lucro cesante, bastando indicios acerca de la probabilidad razonable de padecer dicho daño, aliviando con ello al actor de la prueba de su monto. Sostiene que el caso de autos, existe certeza respecto de la pérdida de los ingresos del actor Cristian Venegas al encontrarse establecida la gravedad de las lesiones, de fractura de pelvis, y sus secuelas funci

Texto Completo (Preview)

Venegas Barra, Cristian Darío Cortés Roble, Herman Antonio Medida prejudicial precautoria Rol Nº 1200-2023 civil.- (10-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos) La Serena, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada de trece de mayo de dos mil veintitrés, con excepción de su considerando décimo noveno que se elimina. Y teniendo además present

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