Jdo. de Letras del Trabajo de Chillán

CASTILLO Y OTROS CON CEA

Rol

C-18-2010

Fecha

4 de abril de 2023

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Por sentencia de 14 de enero de 2010, se acoge, con costas, la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones; y, en consecuencia el demandado Erwin Cea Hickamnn deberá pagar las prestaciones que se indican. 2.- Con fecha 8 de febrero de 2010, se resuelve lo siguiente: Apareciendo de los antecedentes de la causa O-86-2009, que dio inicio a la tramitación de la presente causa, que se concedió medida precautoria consistente en la prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble consistente en bien raíz ubicado en calle 5 de abril 380 Chillán, inscrito a fs. 455 vuelta Nro.912 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad del año l988, de propiedad del demandado Erwin Cea Hickmann, la que se encuentra debidamente inscrita, manténgase vigente dicha medida precautoria en la presente causa. 3.- El 12 de febrero de 2010, se requiere de pago a don ERWIN GUILLERMO CEA HICKMANN, con domicilio en PLAZA SCHLEYER CALLE 2 NRO 1361, CHILLAN, para que en el acto de la intimación pague a don RENE CASTILLO CASTILLO, JUAN ENRIQUE OLIVA y a don FLORENCIO CABEZAS FUENTEALBA, o a quien sus derechos represente, las sumas de $ 21.464.383 (veintiún milllones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta y tres pesos), antes singularizadas, más $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) por concepto de costas personales, más reajustes e intereses. 4.- Con fecha 22 de julio de 2021, comparece don CHRISTIAN ALBERTO GROSS MOLL, chileno, casado y separado de bienes, tecnólogo médico, cédula de identidad 7.911.834-6, domiciliado en calle Bulnes N° 655, comuna de Chillán. Deduce incidente con la especial finalidad de dejar sin efecto la Medida Precautoria trabada en autos, ordenando, en definitiva, su alzamiento. Señala que por escritura de compraventa e hipoteca Repertorio 3287, con fecha 26 de noviembre del año 2003 adquirió dos bienes inmuebles A) Sitio y casa ubicado en la calle Bulnes N°655 y B)

Fallo

se resuelve lo siguiente: Apareciendo de los antecedentes de la causa O-86-2009, que dio inicio a la tramitación de la presente causa, que se concedió medida precautoria consistente en la prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble consistente en bien raíz ubicado en calle 5 de abril 380 Chillán, inscrito a fs. 455 vuelta Nro.912 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad del año l988, de propiedad del demandado Erwin Cea Hickmann, la que se encuentra debidamente inscrita, manténgase vigente dicha medida precautoria en la presente causa. 3.- El 12 de febrero de 2010, se requiere de pago a don ERWIN GUILLERMO CEA HICKMANN, con domicilio en PLAZA SCHLEYER CALLE 2 NRO 1361, CHILLAN, para que en el acto de la intimación pague a don RENE CASTILLO CASTILLO, JUAN ENRIQUE OLIVA y a don FLORENCIO CABEZAS FUENTEALBA, o a quien sus derechos represente, las sumas de $ 21.464.383 (veintiún milllones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos ochenta y tres pesos), antes singularizadas, más $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos) por concepto de costas personales, más reajustes e intereses. 4.- Con fecha 22 de julio de 2021, comparece don CHRISTIAN ALBERTO GROSS MOLL, chileno, casado y separado de bienes, tecnólogo médico, cédula de identidad 7.911.834-6, domiciliado en calle Bulnes N° 655, comuna de Chillán. Deduce incidente con la especial finalidad de dejar sin efecto la Medida Precautoria trabada en autos, ordenando, en defin

Texto Completo (Preview)

Chillán, cuatro de abril de dos mil veintitrés. Resolviendo el incidente planteado con fecha 22/07/2021: Vistos y teniendo presente: 1.- Por sentencia de 14 de enero de 2010, se acoge, con costas, la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones; y, en consecuencia el demandado Erwin Cea Hickamnn deberá pagar las prestaciones que se indican. 2.- Con fecha 8 de febrero de 2010, se resu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica