JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUREN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

16 de septiembre de 2024

Materia

ALIMENTOS, AUMENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Fiorella Guidotti Muñoz, en contra de la resolución de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro, escrita a folio 11 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-577-2024.(pjr/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Fiorella Guidotti Muñoz, en contra de la resolución de fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro, escrita a folio 11 en el expediente digital, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-577-2024.(pjr/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 5: Estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Fiorella Guidotti Muñoz, en contra de la resolución de fecha trece de ag

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