ANONIMIZADO
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2024
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°) Que la resolución apelada de doce de agosto del año en curso fue notificada a la demandada personalmente por funcionario notificador del tribunal el trece del mismo mes y año. 2°) Que la referida resolución accedió a la solicitud de rebaja del demandado respecto a los alimentos provisorios que deberá pagar durante la tramitación del juicio de rebaja de alimentos, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 4 de la Ley 14.908, es susceptible de reposición con apelación subsidiaria, la que por disposición del numeral 1º del artículo 67 de la Ley 19.968, debió presentarse...
Texto Completo (Preview)
CH (nkg) San Miguel, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°) Que la resolución apelada de doce de agosto del año en curso fue notificada a la demandada personalmente por funcionario notificador del tribunal el trece del mismo mes y año. 2°) Que la referida resolución accedió a la solicitud de rebaja del demandado respecto a los alimentos provisorios que deberá pagar durante la tram
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