HINOJOSA/VÁSQUEZ ACUMULADA I.C 2852-2024
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA Y CONFIRMADA
Hechos
Vistos: I.- En relación al ingreso N° 10485-2022. Que la parte demandada tuvo motivo plausible para litigar, por lo que se le eximirá del pago de las costas de la causa en virtud de lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código antes mencionado, se resuelve: a.- Se revoca la resolución apelada dictada el treinta de junio de dos mil veintidós, por el 19° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que condenó en costas a la demandada y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. b.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución. II.- En cuanto al ingreso N° 11432-2022. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el once de julio de dos mil veintidós, por el 19° Juzgado Civil de Santiago. III.- En cuanto al ingreso N° 11797-2023. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el veintisiete de enero de dos mil veintitrés, por el 19° Juzgado Civil de Santiago. IV.- En relación al ingreso N° 2852-2024. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el uno de febrero de dos mil veinticuatro, por el 19° Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N°10485-2022 Civil (Acumulada N° 11432-2022, 11797-2023 y 2852-2024 Civil).
Fallo
se resuelve: a.- Se revoca la resolución apelada dictada el treinta de junio de dos mil veintidós, por el 19° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que condenó en costas a la demandada y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. b.- Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución. II.- En cuanto al ingreso N° 11432-2022. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el once de julio de dos mil veintidós, por el 19° Juzgado Civil de Santiago. III.- En cuanto al ingreso N° 11797-2023. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el veintisiete de enero de dos mil veintitrés, por el 19° Juzgado Civil de Santiago. IV.- En relación al ingreso N° 2852-2024. Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada dictada el uno de febrero de dos mil veinticuatro, por el 19° Juzgado Civil de Santiago. Devuélvase. N°10485-2022 Civil (Acumulada N° 11432-2022, 11797-2023 y 2852-2024 Civil).
Texto Completo (Preview)
Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados doña Belén Cáceres, don Jorge Ríosy don Luis Cabello por y contra el recurso. Santiago, 10 de septiembre de 2024. Patricia Ampuero Pulgar, relatora ad-hoc. Santiago, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N°36, 37, 38 y 39: Téngase presente. Vistos: I.- En relación al ingreso N° 10485-2022. Que la parte demandada t
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