M.P. C/ PABLO ANDRES AGUILAR MANRIQUEZ
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2024
Materia
ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de dos de septiembre del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-5585- 2024 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Pablo Andrés Aguilar Manríquez. Acordada con el voto en contra de la ministra doña Blanca Rojas Arancibia, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, por estimar que la medida de prisión preventiva resulta desproporcionada y, en lugar de ésta, imponer la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 horas a las 06:00 horas del día siguiente, considerándola suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-1647-2024.
Texto Completo (Preview)
Talca, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de dos de septiembre del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-5585- 2024 del
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