SIN INFORMACION

JEREZ CAMUS / MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, CONSTRUCTORA CONPAX SPA

Rol

Fecha

10 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Claudio Gabriel Martínez Medina en representación de Claudio Ricardo Jerez Camus, domiciliado en Valdés Nº299, Melipilla, quien el 17 de abril del presente año interpone acción constitucional de protección, en contra del Ministerio de Obras Públicas, domiciliada en Merendé Nº59, Santiago, representada por el Consejo de Defensa del Estado y la empresa Constructora Conpax SpA, representada por Sergio Correa del Río, ambos domiciliados en Avenida Santa Clara, Nº300, Huechuraba, a cargo de la ejecución de la obra pública denominada “Reposición Ruta G-78 Sector Melipilla Cuncumén”, en razón de haber actuado de forma ilegal y arbitraria, perturbando y amenazando gravemente su legítimo derecho de propiedad, al impedirle el acceso a sus inmuebles. Señala que el actor es dueño del resto de un inmueble que se denominaba Chacra Santa Laura, antes lote A de la Chacra Martín, que tenía originalmente una superficie de 138.087 M2 ubicado en la comuna y provincia de Melipilla, dominio que rola a fojas 839 número 1.090 del Registro de Propiedad del año 1981 del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla. Explica que, del inmueble inicial, restan en la actualidad a su propietario 2 retazos, uno denominado resto del lote 2 y otro resto de lote 3 y 3C, siendo el primero el inmueble afectado. Explica que el resto de lote Nº2 fue subdividido por resolución Nº2 de 10 de enero de 1990 de la Dirección de Obras Municipales de Melipilla, de los cuales conservó los lotes 2D, 2E, 2F y 2G, de 1.060 M2, 1055,12M2, 1.087,45M” y 1.122,78M2 respectivamente. La superficie, deslindes y medidas de los referidos lotes, figuran en el plano archivado bajo el Nº1 del Legajo del Registro de Propiedad del año 1990 del Conservador de Bienes Raíces de Melipilla, en el que se aparecía que éstos deslindan al norte con la Avenida Vicuña Mackenna. Refiere que por resolución exenta Nº9 de 16 de febrero de 2021 de la Dirección de Obras Municipales de la

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las garantías Fundamentales, se declara: Que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Claudio Ricardo Jerez Camus, en contra del Ministerio de Obras Públicas y de la empresa Constructora Ruta G-78 Fv Conpax Limitada. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°2450-2024 – Protección.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, por el abogado Claudia Martínez y contra el recurso la abogada Pamela Quiroz y el abogado Maximiliano Landeros. San Miguel, 10 de septiembre de 2024.Andrea Durán Bruce, relator. San Miguel, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. A los folios 32, 33, 34, 36 y 37: Téngase presente. Al folio 35: A sus antecedentes los documentos acompañados.

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