JUAN ELIAS CANALES ALMONACID, BARBARA BRISSI ESPINOZA ESPINOZA Y OTROS/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, CARABINEROS DE CHILE Y MINISTERIO PUBLICO
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Juan Eduardo Hernández Faundez recurre de amparo en favor de Juan Elías Canales Almonacid, de Bárbara Brissi Espinoza Espinoza, de Joel Joshua Lucero Espinoza, domiciliados en Pasaje La Flauta Nº 10.789, comuna de La Pintana, y de María Del Carmen Almonacid González, domiciliada en Pasaje El Armonio N° 1109, comuna de La Pintana, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, Carabineros de Chile y el Ministerio Público, indicando que personal policial efectuó un allanamiento a sus domicilios el 30 de agosto último, a pesar de no mantener ninguno de ellos órdenes judiciales pendientes, ni haber cometido delito que hubiese podido justificar la acción policial, lo que considera una amenaza a la libertad personal de los recurrentes. Pide se acoja el recurso, ordenando se guarden las formalidades legales y se adopten las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de los afectados. Segundo: Que informó don Rodrigo Fuentes Azocar, Prefecto Inspector, Jefe de la Región Policial Metropolitana de la Policía de Investigaciones de Chile, señalando que, consultadas las unidades policiales dependientes de esta región, señalaron no haber participado en los hechos relatados por el recurso. Además, agrega que los recurrentes no registran órdenes de detención, arrestos ni arraigos vigentes. Tercero: Que informa don Rodrigo Batek León, Coronel, Asesor Jurídico de la Zona Metropolitana de Carabineros de Chile indicando que, en relación a los hechos del recurso, el Departamento Antidrogas O.S.7 el 30 de agosto último llevó a cabo una diligencia de entrada y registro, autorizada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RUC N°2300957247-3, RIT N°4762-2023, en diversos domicilios, entre los cuales se encontraba el inmueble ubicado en el Pasaje El Armonio N°1109, población La Orquesta II, de la comuna de La Pintana, en el cual se encontraban al momento del ingreso lo
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó contra el recurso la abogada del Ministerio Público, doña Fabiola Lizama Díaz. San Miguel, 10 de septiembre de 2024. Cristian Calderón Bórquez, relator. San Miguel, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 14: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Juan Eduardo Hernández Faundez recurre de amparo en favor de Juan Elías
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