CAMPOS GONZÁLEZ, ANA ISABEL/SOCIEDAD DE INVERSIONES SZANAR SPA
Rol
Fecha
10 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA CON COSTAS
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece don Hugo del Campo Venegas, abogado, en representación de doña Ana Isabel Campos González, interpone recurso de protección en contra de Sociedad de Inversiones Szanar SPA, representada por don Robert Szabo Vargas, por el acto ilegal y arbitrario consistente en tocar música en vivo y envasada hasta altas horas de la noche y de la madrugada, lo que estima vulnera las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°1 y N°8 de la Constitución Política de la República. Funda su recurso indicando que la recurrente es dueña, junto a doña Sylvia Gabriela González Markmann, doña Sylvia María, María Teresa y don Alfonso Guillermo, todos estos últimos de apellidos Campos González, del inmueble denominado Cabina Nº6, actual Cabina Nº30, del Loteo Cabinas de Peñuelas, de la comuna de Coquimbo, además, junto a otros 18 copropietarios, de los jardines y caminos de circulación de los planos de Loteo de Cabinas, ubicado en Peñuelas, en la misma comuna. Refiere que la Cabina N°30, es colindante a la N°29, donde se encuentra ubicado el Restaurant Blue Smoke House, lugar en el que se toca música en vivo todos los días viernes y sábado hasta la medianoche y, posteriormente, música envasada hasta las 4 o 5 de la madrugada, operando como un bar o discoteca, incluso en ciertas ocasiones realizando karaoke. Señala que dicha situación se ha repetido durante todos los fines de semana, desde la apertura del restaurant y, en el verano, la música a todo volumen se escucha prácticamente a diario. Añade que el local se encuentra aproximadamente a 8 metros del dormitorio de la madre de la actora, quien es una persona de 96 años, con las patologías propias de su edad, la que no puede dormir en paz producto de los ruidos molestos. Indica que al repercutir la situación no sólo a su familia, sino que a todos los vecinos, solicitaron a la Superintendencia del Medio Ambiente información respecto a las denuncias interpuestas en contra de la recurrida, informándosele el 12 de febrero de 2024 que se han presentado tres denuncias ante tal servicio. Sobre el punto, además manifiesta que se le remitió informe de fiscalización ambiental efectuado en diciembre de 2023, el que concluye que el local infringe las normas de emisión de ruidos. Afirma que es evidente que la recurrida se encuentra vulnerando gravemente las garantías constitucionales de la recurrente y de los demás vecinos del sector, los que se han visto afectados por el actuar arbitrario consistente en tocar música en vivo y envasada hasta altas horas de la noche y de la madrugada, no respetando el sueño y descanso de las personas. Explica que el actuar de la recurrida es ilegal, por cuanto los ruidos molestos emitidos en zonas residenciales, regulados por el Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente, del año 2011, sobrepasan ampliamente los decibeles permitidos por la normativa ambiental, toda vez que al funcionar con terrazas al aire libre, la música del pub se escucha muy
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales de 24 de junio de 1992, se acoge, con costas, la acción constitucional deducida por don Hugo del Campo Venegas, en representación de doña Ana Isabel Campos González, en contra de Sociedad de Inversiones Szanar SPA, representada por don Robert Szabo Vargas; y en consecuencia se dispone que la recurrida deberá implementar medidas de mitigación adecuadas para el cumplimiento de los niveles permisibles de presión sonora corregidos establecidos en el Decreto Supremo N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, dentro del plazo de treinta días corridos de ejecutoriada la presente sentencia, correspondiendo a la Superintendencia del Medio Ambiente realizar una inspección en el inmueble para verificar el cumplimiento de lo establecido en esta sentencia, informando a esta Corte sobre los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redactada por la Ministra titular señora Marcela Sandoval Durán. Rol N°210-2024 Protección.-
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Campos González, Ana Isabel Sociedad de Inversiones Szanar SPA Recurso de protección Rol N°210-2024.- La Serena, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece don Hugo del Campo Venegas, abogado, en representación de doña Ana Isabel Campos González, interpone recurso de protección en contra de Sociedad de Inversiones Szanar SPA, representada por don Rob
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