21º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

AMEXCO S.A./ARTESANIAS SABAL MISLE SPA

Rol

Fecha

11 de septiembre de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO, INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante el tres de agosto de dos mil veinticuatro (folio N°114), en contra de la resolución de veintiuno de junio del presente año (folio N°104). Comuníquese. N°Civil-13103-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante el tres de agosto de dos mil veinticuatro (folio N°114), en contra de la resolución de veintiuno de junio del presente año (folio N°104). Comuníquese. N°Civil-13103-2024.

Texto Completo (Preview)

mbaa C.A. de Santiago Santiago, once de septiembre de dos mil veinticuatro. Al folio N°3: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuac

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica