SIN INFORMACION

TESORERIA REGIONAL DEL BIO BIO CONTRA RESOLUCION PRIMER JUZGADO CIVIL CONCEPCION

Rol

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que se presentó recurso de hecho por la ejecutante –Tesorería de Concepción- respecto de la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, de 26 de junio de 2024, mediante la cual denegó conceder una apelación subsidiaria a una reposición, respecto de la resolución de 19 de junio, que tuvo por no presentada una demanda ejecutiva, conforme al artículo 254 N°2 del Código de Procedimiento Civil. El recurrente de hecho, solicita se acoja su recurso y se conceda la apelación interpuesta. Cabe señalar, que dichas resoluciones fueron dictadas en la causa ejecutiva de “Deudores Morosos”, Rol C-4313-2024, del ingreso del tribunal mencionado. 2°.- Que, informando, la jueza subrogante Paulina Astete Luna, señaló, en resumen, que no concedió la apelación subsidiaria, porque, a su entender, la resolución era apelable derechamente y no mediante una apelación interpuesta en subsidio de un recurso de reposición 3°.- Que esta Corte discrepa del parecer de la jueza indicada, comoquiera que el litigante de que se trata manifestó su voluntad en orden a impugnar la resolución en cuestión, mediante el ejercicio de un recurso de carácter vertical, razón por la cual, efectuándose una interpretación conforme con el texto constitucional (garantía del debido proceso), ha de considerarse que el derecho de impugnación fue ejercido acorde a la ley, no resultando procedente quedarse con interpretaciones legales ya anacrónicas, donde se privilegiaban las “formas por las formas”. En efecto, la materialización de la tutela jurisdiccional efectiva, requiere precisamente que el órgano jurisdiccional discurra en sintonía con un efectivo y eficaz ejercicio de las garantías fundamentales, y ello conduce a entender la materia en análisis del modo en que se viene diciendo. Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE, el r

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE, el recurso de hecho deducido por la abogada del Servicio de Tesorerías, en contra de la resolución de 26 de junio de 2024, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa ejecutiva Rol C-4313-2024, del ingreso de dicho tribunal, y, en consecuencia, se concede, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación deducido por la parte ejecutante en contra de la resolución de 19 de junio de 2024, mediante la cual se tuvo por no presentada la demanda ejecutiva de autos. Comuníquese lo resuelto al Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, a fin dicte las providencias que resulten pertinentes para los efectos informáticos correspondientes, debiendo dicho tribunal agregar copia de la presente sentencia a la causa más arriba singularizada. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro titular César Gerardo Panés Ramírez. Rol 94-2024.- Tributario – Hecho.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción. Concepción, nueve de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que se presentó recurso de hecho por la ejecutante –Tesorería de Concepción- respecto de la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de esta ciudad, de 26 de junio de 2024, mediante la cual denegó conceder una apelación subsidiaria a una reposición, respecto de la re

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica